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La Dirección General de Industria, Energía y Minas, ha resuelto aceptar la petición, realizada por D. Agustín Torres Pérez, con fecha 11 de enero de 1993, por la que se solicita el aprovechamiento, como agua mineral natural, del manantial denominado «El Nacimiento de la Zambra¯, sito en el término municipal de Rute, provincia de Córdoba, cuyo perímetro de protección, para garantizar en cantidad y calidad dicho acuífero, estará constituido por los siguientes vértices, cuyas coordenadas están referidas al meridiano de Greenwich:
Vértice X Y
1 4º23'00'' 37º23'40''
2 4º23'00'' 37º24'40''
3 4º22'40'' 37º24'40''
4 4º22'40'' 37º25'00''
5 4º21'20'' 37º25'00''
6 4º21'20'' 37º24'20''
7 4º21'40'' 37º24'20''
8 4º21'40'' 37º24'00''
9 4º22'20'' 37º24'00''
10 4º22'20'' 37º23'40''
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41.2, párrafo segundo, del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por el Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, con el fin de que los interesados y, en particular, los propietarios de terrenos, bienes o derechos comprendidos en el perímetro de protección, puedan exponer en el plazo de quince días cuanto convenga a sus intereses.
Sevilla, 2 de junio de 1993.- El Director General, Julio Alba Riesco.
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