Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 17/6/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 2 de junio de 1993, por la que se adapta la de 1 de febrero de 1993, sobre evaluación en educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la Orden Ministerial que se cita.

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La Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de octubre de 1992 (BOE de 11 de noviembre) estableció los elementos básicos de los informes de evaluación de las enseñanzas de régimen general reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de

3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos en desarrollo del artículo 13 del Real Decreto 1006/1991, de 14 de junio, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Primaria. En desarrollo de esta disposición, así como del Decreto 105/1992, de 9 de junio, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía, la Consejería de Educación y Ciencia reguló el proceso de evaluación en esta etapa educativa por Orden de 1 de febrero de 1993. La Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 2 de abril de 1993, por la que se modifica la Orden de 30 de octubre de

1992, por la que se establecen los elementos básicos de los informes de evaluación de las enseñanzas de régimen general reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos (BOE de 15 de abril), no otorga el carácter de norma básica a los apartados sexto, séptimo, octavo.1, noveno y décimo. Teniendo en cuenta que la anteriormente citada Orden de 1 de febrero de 1993 se ha visto afectada por dichas modificaciones, procede por parte de esta Consejería de Educación y Ciencia rectificar la misma.

En su virtud, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero.

Se modifica la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 1 de febrero de 1993, sobre evaluación en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 23 de febrero) en las disposiciones que a continuación se indican.

Segundo.

El punto 1 del apartado noveno de la referida Orden queda redactado en los siguientes términos:

«Se consideran documentos del proceso de evaluación para las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria: el Expediente Académico, las Actas de Evaluación, el Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica y los Informes de Evaluación Individualizados.¯

Tercero.

El apartado decimoprimero de la citada Orden queda redactado en los siguientes términos:

«1. Al término de cada uno de los ciclos, se consignarán los resultados de la evaluación de las áreas del ciclo, expresados en los términos que establece el punto 1 del apartado sexto de la presente Orden, en las Actas de Evaluación correspondientes, que comprenderán la relación nominal de los alumnos y alumnas que componen el grupo y que se cerrarán al término del período lectivo en el mes de junio del año correspondiente. Estas se ajustarán en su contenido básico al modelo que, como Anexo II, se adjunta a la presente Orden.

2. Las Actas de Evaluación serán firmadas en la Educación Primaria por el tutor o tutora del grupo de alumnos. 3. Cuando fuera necesario adoptar medidas de refuerzo educativo o de adaptación curricular, esta circunstancia se hará constar en las Actas de Evaluación.

Cuarto.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de junio de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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