Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 17/6/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 14 de abril de 1993, por la que se prorrogan becas de formación de personal investigador en colaboración con la empresa Construcciones Aeronáuticas, SA.

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Concluyendo el segundo período de disfrute de la beca de Formación de Personal Investigador en Colaboración con la Empresa Construcciones Aeronáuticas, S.A. (Factoría de Cádiz), dentro del Plan Andaluz de Investigación, correspondiente a la Convocatoria de 1990, Orden de 26 de diciembre de 1990 (BOJA núm. 2 de 11 de enero), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Prorrogar el disfrute de la beca de Formación de Personal Investigador en Colaboración con la Empresa Construcciones Aeronáuticas, S.A. (Factoría de Cádiz) de la citada convocatoria a la beneficiaria de la misma, que figura en el Anexo adjunto, hasta el 1 de abril de 1994.

Segundo. La dotación de la beca, con una duración de doce meses, cubrirá los siguientes aspectos:

1. Una asignación de 95.000 pesetas, brutas mensuales. 2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social. 3. Ayuda complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Departamento o Centro donde el beneficiario realice sus investigaciones. Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. La beneficiaria está obligada a: a) Desarrollar el Plan de Trabajo presentado, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto. b) Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la Investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto. c) Una vez finalizado el periodo para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Sevilla, 14 de abril de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

A N E X O

Apellidos y Nombre: De Cos Hohr, María

D.N.I.: 31.255.225

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