Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 1/7/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 8 de junio de 1993, por la que se convoca la VI Muestra Andaluza para Jóvenes Artistas Plásticos, como actuación integrada en el Plan Andalucía Joven.

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La Consejería de Asuntos Sociales, en orden a alcanzar la promoción de los/as jóvenes artistas de la Comunidad Autónoma andaluza, a iniciativa de la Dirección General de Juventud, convoca la VI Muestra Andaluza para Jóvenes Artistas Plásticos, como actuación integrada en el Plan "Andalucía Joven".

En cumplimiento del artículo 12 del Decreto 31/1988, de 17 de febrero y previo informe al Comité Interdepartamental para la Juventud, se convoca por la presente Orden la VI Muestra Andaluza para Jóvenes Artistas Plásticos, con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera: Participantes.

Podrán participar en esta Muestra, los/as artistas andaluces/zas o residentes en Andalucía, cuyas edades estén comprendidas entre los 18 y

30 años, al 31 de diciembre de 1993.

Los/as participantes no podrán haber celebrado más de cinco exposiciones individuales en galerías comerciales antes de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segunda: Modalidades.

Los/as interesados/as podrán concurrir dentro de las modalidades de Pintura y Dibujo (las obras presentadas, incluyendo su enmarque, no superarán 1 x 2 metros en su máximo y 0,40 x 0,50 metros en sus medidas mínimas), Esculturas (medida máxima en cualquiera de sus dimensiones

1,50 metros) e Instalaciones (en cualquier tipo de soporte, asegurándose en este caso la facilidad de montaje y la realización de éste en una sala de exposiciones).

Queden excluidas las técnicas de video, fotografía, cómic y cualquier otro tipo de audiovisuales.

Tercera: Inscripción y Participación.

Los/as artistas que deseen inscribirse deberán presentar un dossier que reúna los siguientes requisitos:

- Currículum del/de la autor/a con su trayectoria artística.

- Fotografías en color, tamaño 13 x 18 cms. de obras que no hayan sido presentadas en otros concursos o premios. En las modalidades de Pintura y Dibujo se presentarán fotografías de 10 obras como mínimo y en las modalidades de Escultura e Instalaciones, al menos, de 5 trabajos.

- Cualquier otro material o aclaración que considere importante para la valoración de su obra.

Este dossier, conjuntamente con el Boletín de Inscripciones que figura como Anexo I a esta Base, una fotocopia del DNI y la autorización firmada para la difusión y/o publicación de la obra presentada conforme modelo que se incluye al final de esta Orden (Anexo II), se remitirá preferentemente a la Delegación Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales, Servicio de Juventud (Sección de Promoción de Actividades Juveniles), Avda. de Andalucía, 24. 29007 - Málaga. Podrá presentarse directamente en la misma, a través de las demás Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales, o por cualquiera de los medios que establece la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.,

El plazo de inscripción finaliza el día 10 de septiembre de 1993.

Cuarta: Jurado.

Será nombrado por el por el Ilmo. Sr. Director General de Juventud y presidido por él mismo o persona en quien delegue.

Estará formado por:

Vicepresidente: El Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de Málaga o persona en quien delegue.

Vocales:

- Un/a profesor/a de Universidad implicado en Plásticas actuales.

- Un/a galerista.

- Dos artistas, uno/a mayor y otro/a menor de 30 años.

- Un/a crítico/a de arte.

- Un/a representante del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

Secretario: Un/a representante de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Málaga, que actuará con voz pero sin voto.

Quinta: Selección.

El Jurado seleccionará de entre todas las modalidades aquellos/as artistas cuya obra, dentro del arte contemporáneo en sus distintas formas de expresión, considere más interesante, novedosa o representativa, siempre atendiendo a criterios de calidad y originalidad.

La selección se realizará en dos fases:

- En la 1ra. Fase: el Jurado seleccionará, a través de los dossiers presentados, los/as autores/as y obras a exponer públicamente, hasta un máximo de 20 artistas. De éstos/as, se editará un catálogo, donde constará el "currículum" de cada autor/a y la reproducción, al menos, de una de sus obras.

- En la 2ra. Fase: los/as artistas seleccionados/as en la 1ra. Fase enviarán las obras que determine el Jurado, totalmente terminadas y enmarcadas y con embalajes resistentes que garanticen la manipulación y transporte de las obras en la fase itinerante sin riesgo para las mismas.

Con las obras recibidas se montara una exposición a la vista de las mismas, en una segunda reunión, el Jurado adjudicará los premios.

El Fallo del Jurado se hará público y será firme e irrevocable.

La Dirección General de Juventud prevé la organización de una exposición colectiva itinerante por otras ciudades con las obras elegidas en Málaga, procurando que tenga la mayor repercusión pública y publicitaria posible, invitando a la crítica y medios de comunicación./

Sexta: Premios.

Para las modalidades que conjuntamente se establecen a continuación se otorgarán los siguientes premios:

a) Pintura / Dibujo b) Escultura / Instalaciones ---------------- -------------------------

1er. Premio - 350.000 pts. .................... 300.000 pts.

2º. Premio - 250.000 " .................... 250.000 "

3er. Premio - 200.000 " .................... 200.000 "

4º. Premio - 150.000 " .................... 150.000 "

5º. Premio - 100.000 " .................... 100.000 "

En caso de quedar algún desierto, el Jurado podrá conceder Accésits por el importe del mismo o adquirir alguna de las obras expuestas no premiadas.

Séptima: Propiedad de las obras y devolución.

Cualquier utilización y destino de las obras a que hace referencia la presente Orden, se efectuará conforme a lo establecido por la Ley

22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, suscribiéndose en cada supuesto el oportuno documento, respetándose con ello la propiedad intelectual de los/as autores/as o coautores/as sobre las obras presentadas.

Todas las obras premiadas quedarán en propiedad de la Dirección General de Juventud de la Consejería de Asuntos Sociales que, previa autorización de los/as interesados/as, podrá reproducirlas por cualquier medio que estime oportuno.

Asimismo, previa conformidad con los/as interesados/as, dicha Dirección General solicitará las obras concurrentes a la 2ra. Fase para exponerlas en la fase itinerante de la Muestra.

Los dossiers de los/as artistas seleccionados/as quedarán en depósito de la Dirección General de Juventud durante el periodo de las exposiciones, Los no seleccionados serán devueltos una vez concluida la 1ra. Fase de selección a la dirección indicada al efecto en el Boletín de Inscripción.

Aquellos/as creadores/as cuyas obras no hubieran sido premiadas y lo estimen oportuno podrán tasar sus obras, teniendo prioridad absoluta la Dirección General de Juventud en la compra de las mismas previo acuerdo con los/as interesados/as.

Octava.

La participación en la Muestra supone la total aceptación de todas sus Bases.

DISPOSICIONES FINALES

Primera: Se delega en el Delegado Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales en Málaga el ejercicio de las funciones de aprobación del gasto, liquidación y proposición de pago a que se refiere el artículo

50.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, y artículo 3.1º de la Orden de la Consejería de Asuntos Sociales, de 9 de diciembre de 1992, en relación con la VI Muestra Andaluza para Jóvenes Artistas Plásticos regulada en la presente Orden y con cargo a las aplicaciones presupuestarias

01.19.00.01.00.226.07 y 01.19.00.01.00.226.02.

Segunda: Los/as miembros del Jurado, a que se refiere la Base Cuarta de la presente Convocatoria, percibirán, en su caso, por su participación en el mismo, las indemnizaciones establecidas en la normativa vigente.

Tercera: La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de junio de 1993

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Asuntos Sociales

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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