Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 6/7/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 30 de junio de 1993, por la que se concede el Título- Licencia de Agencia de Viajes Minorista a Rincotur, SL., con el código identificativo núm. AN-41327-2.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Don Juan Antonio Díaz Rivera, en nombre y representación de la Entidad «Rincotur, S.L.¯ se ha solicitado de esta Consejería la concesión del Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista, de conformidad con el Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, y Orden Ministerial de 14 de abril de 1988, reguladores del ejercicio de las actividades propias de Agencias de Viajes, y vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, habiéndose aportado la documentación que acredita reunir los requisitos exigidos por las mencionadas disposiciones. En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo y en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

D I S P O N G O

Conceder el Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista a la Entidad «Rincotur, S.L.¯,. con el código identificativo núm. AN-41327-2 y sede social en San José de la Rinconada (Sevilla), C/ Córdoba, núm. 32, bajo, c, pudiendo ejercer su actividad a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con sujeción a los preceptos de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988 y demás disposiciones aplicables.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 30 de junio de 1993

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

Descargar PDF