Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 8/7/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 14 de junio de 1993, por la que se aprueban determinados proyectos editoriales para educación Infantil y se autoriza el uso de los libros y material curriculares correspondientes, en Centro Docentes Públicos y Privados de Andalucía.

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El Decreto 108/1992, de 9 de junio, por el que se regula la supervisión y autorización de libros y material curriculares para las enseñanzas de régimen general y su uso en los Centros Docentes de Andalucía, estableció como objeto de supervisión los proyectos editoriales y definió los requisitos que han de reunir para su aprobación.

La Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 24 de junio de 1992, por la que se dan normas sobre supervisión y autorización de libros y material curriculares para las enseñanzas de régimen general y su uso en los Centros Docentes de Andalucía, en su apartado sexto, dispone que el Consejero de Educación y Ciencia concederá la aprobación del proyecto editorial a partir del cual se elaboren los libros y material curriculares para su uso en los Centros docentes, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el mencionado Decreto.

En su virtud, visto el dictamen de la Comisión a que se refiere el apartado cuarto de la mencionada Orden y a propuesta de la Direción General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto.

Primero. Autorizar los proyectos editoriales supervisados que se relacionan en el Anexo de la presente Orden, así como el uso en los Centros docentes de Andalucía, de los libros y material curriculares que correspoden.

Segundo. Los libros y material curriculares que resulten de los proyectos editoriales mencionados deberán reflejar esta autorización en los términos siguientes: "Libro o material curricular para la etapa de Educación Infantil, segundo ciclo, elaborado según el proyecto editorial supervisado por la Consejería de Educación y Ciencia y aprobado por Orden 14 de junio de 1993".

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el apartado noveno de la Orden de

24 de junio de 1992, las empresas editoriales remitirán tres ejemplares de los libros y material curriculares a la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, una vez editados. Si el texto publicado no se ajustara al proyecto editorial aprobado, se procederá a anular la autorización, mediante una Orden derogatoria.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de junio de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO

Editorial Heinemann.

2º Ciclo de Educación Infantil.

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