Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 20/7/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de junio de 1993, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se presta conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba), por una finca propiedad de don Víctor Amo Cabezas.

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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba) se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 22.2.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril; artículos 79.1 y 80 del Reglamento de bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de

1986.

Siendo necesario dar cuenta a la Junta de Andalucía de los expedientes de enajenación de bienes patrimoniales de propios cuando el valor de éstos no exceda el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto Anual de la Corporación (artículo 109.1 del Real Decreto 1372/1986.

Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto ordinario (artículo 3º.9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero). En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de la parcela de

266,64 metros cuadrados, propiedad del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba), situada a la altura de los números 32,

34 y 36 de la Avenida de Andalucía, por la finca de 30.911,05 metros cuadrados propiedad de D. Víctor Amo Cabezas, cuyos linderos son: al Norte finca de D. Juan Priego, al Sur carretera de Nueva Carteya a Montilla, al Este con finca de D. Cristóbal Oteros Fernández y al Oeste con finca de D. Jacinto Ruiz Escuchas. 2º. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba).

3º. Publicar la presente Resolución en el BOJA. Córdoba, 25 de junio de 1993.- El Delegado, Rafael Ortega Cruz.

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