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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
27 de enero de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2141/89, promovido por Dhul, S.A, sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador D. Rafael García Valdecasas Ruiz, en la representación de Dhul, S.A., contra la Resolución de 4 de septiembre de
1989, dictada por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social (Rec. 829/89) de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, que, en alzada, confirmó la de la Delegación Provincial en Granada, de fecha 5 de mayo anterior (Expte. 7/89), que aceptando el Acta de Infracción H-2882/88, de 7 de diciembre de 1988, impueso a la recurrente la sanción de cien mil pesetas que se anulan por no aparecer tales actos administrativos conformes a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 7 de enero de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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