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En virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2/90 de
2 de febrero, de Presupuesto de la Comunidad Autonómica, se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las subvenciones personales reguladas por el Decreto 169/89, de 11 de julio de adquirentes de viviendas de protección oficial de promoción privada y de viviendas usadas, concedidas por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 12 de julio de 1993.- El Delegado, Alfonso López Almagro.
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