Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 12/8/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 27 de julio de 1993, sobre el Texto Refundido del Plan General Municipal de Ordenación de la Línea de la Concepción (Cádiz).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el Expediente de texto Refundido del Plan General Municipal de Ordenación de La Línea de la Concepción, aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción el 2 de abril de

1992 y elevado a esta Consejería para su aprobación definitiva en virtud de los artículos 118.3.a y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio.

Atendiendo a lo dispuesto en el citado texto y el Decreto 194/1983 de 21 de septiembre por el que se regula el ejercicio por los órganos urbanísticos dé la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo y lo Resolución del Consejero de Política Territorial (hoy de Obras Públicas y Transportes) de 8 de marzo de 1985 por la que se aprueba definitivamente la Revisión-Adaptación del Plan General Municipal de Ordenación de La Línea de la Concepción la Resolución del Consejero de Obras Públicas y Transportes dé 27 de noviembre de 1987 por la que se aprueba definitivamente el Documento Complementario de la Revisión-Adaptación del Plan General y las Resoluciones del Consejero de Obras Públicas y Transportes de 4 de agosto de 1989 por las que se aprueban definitivamente el Documento de Cumplimiento de lo Resolución de 27 de noviembre de 1987 y Modificaciones del Plan General.

Visto el informe de la Comisión de Urbanismo de Andalucía, emitido en Sesión de 22 de julio de 1993, tras el análisis del realizado por la Dirección General de Urbanismo y las propuestas de la Ponencia Técnica y en virtud de lo Dispuesto en la letra a) del artículo 7 del Decreto 194/83 de 21 de septiembre, en relación al artículo

118.3.a de Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana.

HE RESUELTO:

Primero Aprobar definitivamente el Texto Refundido del Plan General Municipal de Ordenación de La Línea de la Concepción que tiene por objeto la regularización aclaración y armonización de las determinaciones urbanísticos incluidas en cada uno de los documentos de planeamiento aprobados por las resoluciones del Consejero arriba detalladas

Segundo El Ayuntamiento subsanará las determinaciones que a continuación se enumeran:

a) incorporará en el documento del Texto Refundido, en la documentación gráfica y en las afecciones que produce en la normativa especialmente en la definición y desarrollo de los Sectores dé Suelo Urbanizable No Programado 14C-03 y Suelo Urbano Burgo Turístico, el deslinde provisional aprobado por la Demarcación de Costas de Andalucía-Atlántico, con fecha 11 de febrero de 1993. Sin perjuicio que la aprobación definitiva del correspondiente deslinde conllevará el ajuste de la clasificación de suelo en las áreas referidas. b) En el Estudio Económico-Financiero y en los artículos de la normativa que no se hayan subsanado en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 1~ del Apartado Segundo de la Resolución del Consejero de Obras Públicas y Transportes del Documento Complementario de 4 de agosto de 1989, se adaptará a la misma su contenido en lo relativo a la adjudicación de la ejecución y la financiación de los Sistemas Generales.

c) Respecto a la cartografía del Texto Refundido se tendrá en cuenta lo siguiente:

En el plano l-02 de Clasificación del Suelo-Régimen Jurídico y en concreto en el Sector de Suelo Urbanizable Programado

07-A-01-01, donde se excluye una zona anexa a la variante de La Línea, se deberá corregir, aportándose una nueva cartografía can la delimitación aprobada definitivamente por el Consejero de Obras Públicas y Transportes.

Se incorporarán los planos lU-24A de Gestión y Sectorización Protección donde se recoge la ubicación y las Unidades Aisladas de Actuación y las Unidades de Actuación a escala 1:2000, de acuerdo can lo previsto en el artículo 39.2.B. del Reglamento de Planeamiento.

Respecto a la normativa del Texto Refundido y como consideración general hay que señalar que la misma ha de ser entendida e interpretada sin perjuicio de las nuevas determinaciones jurídicas urbanísticas que ha introducido el Texto Refundido de la Ley del Suelo 1/1992 y en concreto en los Artículos 275, 276, 277 y 278 regulad Ores de los derechos de propiedad y su adquisición se aplicarán sin menoscabo de la transformación que los mismos pudieran tener por la regulación que el Texto Refundido de la rey del Suelo

1/92 realiza de las facultades urbanísticas y derechos de propiedad, regulados en los artículos 23 a 41

De otra parte, se corregirán los siguientes aspectos de la normativa: Se eliminarán del Capítulo nueve de la normativa del Texto Refundido que regula los Sistemas Locales, las artículos 194, 195 y 196 pues las mismas suponen la modificación de los Sistemas Locales y Generales sin el trámite de modificación de planea mienta que ello conlleva, de acuerdo con la previsto en el artículo 128 del Texto Refundido de la Ley del Suelo.

En el artículo 284.5 se eliminará lo referente a la regulación de altillos en planta baja por haber desaparecido de la normativa en el documento aprobado en 1987 y su incorporación supone un aumento de edificabilidad en la zona, sin que se prevean mayores espacios libres de acuerdo con lo previsto en el artículo 128 del Texto Refundido de la Ley del Suelo 1/92 y la regulación de las esquinas afectadas por alturas diferentes artículos 222.2.b, tercer párrafo y 284.6.d), por cuanto esta determinación ya viene regulada en el apartada de normas generales .

Una vez subsanadas las anteriores determinaciones el Ayuntamiento las remitirá a esta Consejería para su debido diligenciado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114.4 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y 132.3.b, párrafo tercero.

Tercero La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124.1 y 131 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y se notificará al Ayuntamiento de La I ígnea de la Concepción y a los interesados.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plaza de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a esta Consejería, todo ello de conformidad con la legislación vigente en materia de procedí miento administrativo y contencioso administrativo.

Sevilla, 27 de julio de 1993.

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicos y Transportes

Descargar PDF