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Visto el expediente tramitado a instancia de la Organización de Productores Pesqueros de Arrastre, Cerco y Palangre de Almería, por el que se solicita reconocimiento como Organización de Productores de la Pesca, y considerando que reúne los requisitos contempladas en la Reglamentación Conminatoria vigente, y en particular, lo dispuesto en el artículo 6º del Reglamento (CEE) 2062/80 de la Comisión. Esta Dirección General, al amparo de lo establecido en el artículo
6º del Real Decreto 1429/92, de 27 de noviembre, por el que se regulan las Organizaciones de Productores de la Pesca y sus Asociaciones, y de conformidad con lo previsto en el apartado 3, del artículo 7º del Decreto 206/91, de 11 de noviembre (BOJA nº 100, de
14 de noviembre),
RESUELVE
Reconocer a la «Organización de Productores Pesqueros de Arrastre, Cerco y Palangre de Almería¯ cama Organización de Productores de la Pesca, a efectos de lo establecida en el Reglamento (CEE) 3759/92, del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establece la Organización Común de Mercados en el sector de los productores de la pesca y de la acuicultura, y de acuerdo con las siguientes condiciones:
Primera. Tipos de pesca: Costero local y bajura.
Segunda. Ambito de actuación: Provincia de Almería.
Tercera. Actividad: Pesca y Comercialización de pescados y mariscos en estado fresco.
Sevilla, 28 de julio de 1993 - El Director General, Francisco J. Alba Riesco.
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