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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
5 de febrero de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3935/90, promovido por Agro Sevilla Aceitunas, S.C.A., sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Paneque Guerrero en nombre y representación de Agro Sevilla Aceintunas, Sociedad Cooperativa Limitada contra el acuerdo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía de veinticinco de junio de mil novecientos noventa el que debemos anular y anulamos por no ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 14 de enero de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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