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Advertido error en el texto publicado de la citada Resolución, se transcribe a continuación la oportuna rectificación: Página 7.467, primera columna, líneas 13 a 19 donde dice: Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer Recurso Ordinario a contar desde su exposición, ante la Dirección Gerencia del I.A.S.S. (C/Albareda
14-16, 41001 Sevilla), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Debe decir:
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer Recurso Ordinario en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOJA, ante la Dirección Gerencia del I.A.S.S. (C/Albareda 12-14, 41001 Sevilla), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.2 de la Ley 30/92 de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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