Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 31/8/1993

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Otros. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

ANUNCIO sobre aprobación definitiva del reformado del proyecto de ejecución de la Urbanización de la UA-SU-1, por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 30 de julio de 1993. (PP. 2624/93).

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 30 de julio de 1993, aprobó una propuesta cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero. Aprobar definitivamente el Reformado del Proyecto de Ejecución de la Urbanización de la UA-SU-1, promovido por la Junta de Compensación de la UA-SU-1 y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental con el n? 2479/92-2.

Segundo. Condicionar la publicación del acuerdo de aprobación definitiva a la presentación de un Texto Refundido donde se recojan las correcciones apuntadas por el Area Técnica de la Gerencia en su informe de 19 de julio de 1993.

Tercero. Los gastos derivados de las publicaciones en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia del acuerdo de aprobación definitiva, que se producirá cuando se cumpla la condición impuesta en el apartado anterior, serán sufragados por la Junta de Compensación de la UA-SU-1, como promotora del Proyecto.

Cuarto. Facultar a la Alcaldía y al Teniente de Alcalde que suscribe para la ejecución de los anteriores acuerdos¯. Cumplida la condición segunda del acuerdo plenario procede su publicación.

Contra dicho acuerdo, definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la propia Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial¯ de la provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el Art. 52 de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985.

También podrá interponerse contra dicha resolución recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente, dentro del término de dos meses siguientes a la notificación del acuerdo que caiga resolutorio del recurso de reposición y, si no fuese adoptado tal acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del año siguiente a la fecha en que se presentará el recurso de reposición, según lo dispuesto en el art. 58 de la citada Ley de lo Contencioso-Administrativo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 5 de agosto de 1993.- El Secretario General, P.O. Oficial Mayor.

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