Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 14/9/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 20 de julio de 1993, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca una beca de introducción a la investigación destinada a Titulados de FP2, Rama Química.

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Resolución de 20 julio de 1993, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca 1 beca de introducción a la investigación destinada a titulados de FP2, rama química.

1. Objetivos:

La beca está destinada a titulados en Formación Profesional II y tiene por objeto la preparación de personal cualificado.

2. Temas de Aplicación:

2.1. Proyecto ref. AM93-0746. «Depuración aerobia-aneerobia de aguas residuales que contienen compuestos fenólicos¯. Investigador responsable: Prof. Dr. Antonio Martín Martín.

3. Requisitos de los solicitantes:

3.1. Poseer la nacionalidad española.

3.2. Titulación: FPII (rama química).

4. Dotación de las Becas:

4.1. Una asignación mensual de 60.000 ptas. 4.2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia similares. 5. Duración de las becas:

5.1. La duración de la beca será de un año prorrogable por dos años más.

5.2. La solicitud de prórroga se dirigirá al Vicerrector de Investigación y Cooperación Científica.

Esta solicitud se resolverá teniendo en cuenta los resultados obtenidos y el informe del Director del Proyecto de Investigación y las disponibilidades económicas.

6. Carácter de las becas:

6.1. La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad de Córdoba. 6.2. La renuncia a la beca deberá presentarse ante el Vicerrector de Investigación y Cooperación Científica. Salvo casos excepcionales no se admitirán interrupciones temporales del disfrute de la beca.

7. Condiciones de disfrute:

7.1. El disfrute comenzará con la integración del becario en el proyecto, dentro del plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

8. Solicitudes y documención:

8.1. Las solicitudes se formalizarán en instancias dirigidas al Vicerrector de Investigación y Cooperación Científica, y se presentrán en el Registro General de la Universidad de Córdoba. 8.2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación.

a) fotocopia del D.N.I.

b) fotocopia compulsada de la titulación exigida. c) currículum vitae del candidato.

9. Selección y valoración de las solicitudes: La selección y valoración de solicitudes se realizará por una Comisión creada al efecto.

Las decisiones adoptadas por la Comisión son inapelables.

10. Obligaciones de los becarios:

Los becarios están obligados a:

a) Desarrollar eficazmente el plan de trabajo recogido en el proyecto de investigación mencionado.

b) Enviar al Vicerrectorado de Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la investigación en la que deberá constar el estado de la misma y la conformidad del Director del Proyecto de Investigación.

c) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar en el Vicerrectorado de Investigación un informe final sobre la labor realizada, con la valoración del Director del Proyecto.

La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

11. Plazo de solicitud:

Diez días naturales desde la publicación en el BOJA.

Córdoba, 20 de julio de 1993.- El Rector, Amador Jover

Moyano.

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