Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 14/9/1993

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 1 de septiembre de 1993, por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las modalidades de movilidad del Grupo B al Grupo A y de ingreso a la Función Pública Docente convocado por Orden que se cita.

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De conformidad con lo preceptuado en los puntos 7.1 y 7.2 de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 7 de abril de 1993 (BOJA del 15), por la que se realiza convocatoria pública para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, en las modalidades de movilidad del grupo B al grupo A y de ingreso a la Función Pública Docente.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

1ro.- Hacer pública, por especialidades, la lista de los aspirantes que han superado el proceso selectivo por la modalidad de movilidad del grupo B al grupo A, con indicación de la puntuación total obtenida, según Anexo I a la presente Orden.

2.- Hacer pública, por especialidades, la lista de los aspirantes que han superado el proceso selectivo por la modalidad de ingreso a la Función Pública Docente, con indicación de la puntuación total obtenida, según los siguientes Anexos:

Anexo II.- Profesores de Enseñanza Secundaria Anexo III.- Profesores Técnicos de Formación Profesional Anexo IV.- Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas Anexo V.- Profesores de Música y Artes Escénicas Anexo VI.- Profesores de Artes Plásticas y Diseño

3.- Nombrar con carácter provisional, funcionarios en prácticas de los citados Cuerpos a los aspirantes que figuran en los Anexos a que se hace referencia en el apto. 2. de esta Orden.

4.- Abrir un plazo de 20 días naturales para que los aspirantes seleccionados presenten los documentos enumerados en la base 8. de la Orden de 7 de abril de 1993 (BOJA del 15).

5.- Anular las actuaciones relacionadas con quienes, dentro del plazo fijado, no presenten la documentación o del examen de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 11 de la Orden de

7 de abril de 1993, para los aprobados por el turno de movilidad del grupo B al grupo A y base 2 de dicha Orden para los que hayan superado el procedimiento por la modalidad de ingreso a la Función Pública Docente.

6.- Aplicar a los opositores relacionados en el Anexo I de la presente Orden, y en cuanto a la realización de la fase de prácticas, lo establecido en el apartado 11.10 de la Orden de 7 de abril de 1993.

7.- Que los profesores incluidos en los Anexos II, III, IV, V y VI de la presente Orden, realicen la fase de prácticas en los destinos provisionales que a tal efecto les sean adjudicados.

Aquellos o aquellas que por encontrarse cumpliendo el Servicio Militar, por gestación o por causas de fuerza mayor, necesiten aplazamiento para incorporarse a la fase de prácticas en sus destinos provisionales, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Personal, acompañando los documentos justificativos.

8.- Que el profesorado relacionado en los Anexos a esta Orden, quede obligado a participar en los sucesivos Concursos de Traslados para la obtención de destino definitivo, conforme se establece en los puntos 8.7 y 11.11 de la Orden de 7 de abril de 1993.

9.- Que publicadas las listas definitivas de adjudicación de destinos provisionales conforme se establece en el apartado 3. de la Resolución de 15 de junio de 1993 (BOJA del 24). aquellos aspirantes que debiendo incorporarse a los mencionados destinos, no lo hagan en el plazo de 5 días a partir de la publicación de los mismos, se entienda que renuncian a los derechos que como consecuencia de la separación del proceso selectivo pudieran corresponderles, excepto los aspirantes incluidos en el Anexo I de la presente Orden, que hayan optado por permanecer en sus Cuerpos de origen hasta que sean nombrados funcionarios de carrera.

10.- Que los aspirantes que hayan superado el proceso por dos o más Cuerpos o por dos o más especialidades del mismo Cuerpo, ejerciten su opción por uno de los puestos mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, pudiendo solicitar prórroga para la realización del período de prácticas en el otro puesto.

11.- Que aquellos aspirantes que hayan superado el proceso selectivo para ingreso en un mismo Cuerpo y especialidad, en convocatoria correspondiente a distintas Administraciones Educativas, deban, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de esta Orden, optar por una de ellas mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.

12.- Que de acuerdo con el apartado 6.12 de la Orden de 21 de mayo de 1992, la recuperación de la documentación presentada puedan realizarla los opositores por sí o por persona debidamente autorizada, en el Servicio de Gestión de Personal Docente de Enseñanza Secundaria y Enseñanzas de Régimen Especial, Avda. República Argentina, 23 - 6. Sevilla - 41011, en el plazo de un mes contado a partir de la finalización del plazo marcado en el último punto de esta Orden, salvo que exista alegación por parte de algún opositor, en cuyo caso podrá ser retenida a efectos de comprobación o prueba. De no ser retirada en el plazo señalado se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho a ello.

13.- Facultar a la Dirección General de Personal para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

14.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el BOJA, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a la Dirección General de Personal, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de septiembre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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