Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 21/7/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA. GMU

ANUNCIO. (PP. 2069/94).

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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno con fecha 25 de marzo del año en curso, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

«El Excmo. Ayuntamiento Pleno conoció la Propuesta del Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de fecha 21 de marzo de 1994, cuyo texto a la letra es el siguiente: «Se dio cuenta de expediente relativo a Estudio de Detalle en Plaza del Obispo, promovido por Edificios Ateneo S.A. r/p por D. Aldo Giovanelli Zanho, que recibió la aprobación inicial en sesión plenaria municipal del día 2 de noviembre de 1993.

Resulta esencialmente de las actuaciones posteriores habidas, que sometido el expediente al trámite de información pública previsto en el art. 117 del Real Decreto Legislativo 1/1992 de 26 de junio, durante el mismo se ha presentado por D. Jesús Pérez-Lanzac Muela e/r de la entidad Ateneo de Málaga, dos escritos de alegaciones, los cuales han sido informados por el Departamento de Planeamiento y Diseño Urbano con fecha 18 de marzo actual en el sentido de su desestimación.

Resulta asimismo que habiendo sido aportado el texto Refundido exigido para la aprobación definitiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 31 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, se concedió audiencia a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente durante la cual, por la Dirección General de Bienes Culturales se ha emitido informe favorable con fecha 15 de marzo de 1994.

Resulta finalmente del citado informe que las determinaciones del Estudio de Detalle relativas a distribuciones interiores y de aparcamientos así como las correspondientes al proyecto de edificación, se consideran no vinculantes, debiendo resolverse en el momento previo a la solicitud de la licencia.

A continuación se produjo un debate político que se omite en el presente tanto de acuerdo, el cual quedará incluido en el Acta General de esta sesión. A la vista de cuanto antecede, el Consejo, por unanimidad de los Sres. miembros asistentes, propuso al Excmo. Ayuntamiento Pleno adopte los siguientes acuerdos:

1?Desestimar las alegaciones formuladas por D. Jesús Pérez-Lanzac Muela e/r de Ateneo Málaga, según lo expuesto en el reiterado informe del Departamento de Planeamiento y Diseño Urbano de fecha 18 de marzo del año en curso, del que se le dará traslado como motivación y fundamento del presente acuerdo.

2?A tenor de lo dispuesto en el art. 117.4 del Real Decreto Legislativo

1/1992, de 26 de junio, aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en plaza del Obispo, promovido por Edificios Ateneo S.A. r/p por D. Aldo Giovanelli Zanho, conforme al Texto Refundido visado el día 24 de enero de

1994, con la salvedad de que las determinaciones recogidas en dicho Estudio relativas a distribuciones interiores y de aparcamientos así como las correspondientes al proyecto de edificación, se consideran no vinculantes, debiendo resolverse en el momento previo a la solicitud de la licencia.

3?Disponer la publicación del precedente acuerdo en el BOJA según lo regulado en el art. 124.1 del citado texto legal, significándose al promotor que el mismo no adquirirá ejecutoriedad hasta entonces según dispone el art.

131 siguiente.

4?Significar igualmente al promotor que, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 22 bis del PEPRI Centro, con carácter previo a la concesión de la licencia de obras habrá de hacer efectiva la valoración del exceso de aprovechamiento«.

Respecto a esta Propuesta consta el informe del Sr. Secretario General, acerca del procedimiento jurídico formal seguido. El Excmo. Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los Sres. miembros de la Corporación asistentes a la votación del presente punto y con el quorum suficiente, acordó prestar su aprobación a la Propuesta cuyo texto ha sido transcrito«.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que podrán interponerse recurso de reposición ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, dentro del plazo de un mes a contar desde el siguiente día al de la publicación de este Anuncio en el BOJA, como trámite o requisito previo al recurso contencioso administrativo que podrá interponer ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, dentro del plazo de dos meses contados desde el siguiente día a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuere expreso, y si no lo fuere, dentro del plazo de un año a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición; todo ello de conformidad con lo regulado en el art. 52 de la Ley 7/1985 Regulador de las Bases del Régimen Local y arts. 52.

Asimismo podrá interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.

Málaga, 13 de abril de 1994.-El Alcalde-Presidente del Consejo de Administración de la Gerencia, La Tte. Alcalde, Delegada de Urbanismo Vivienda y Obras, Asunción García-Agulló Orduña.

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