Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 23/7/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 7 de julio de 1994, sobre composición de mesas de contratación en el ámbito de los servicios centrales de la Consejería.

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La Orden de 19 de mayo de 1989 regula la composición de las mesas de contratación en el ámbito de los Servicios Centrales de la Consejería. Por Decreto 12/1994, de 11 de enero, se modificó la estructura orgánica de la Consejería y el Decreto 60/1994, de 8 de marzo, procedió a la actualización de la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía correspondientes a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente y a los Organismos Autónomos adscritos a ella.

Dicha actualización conllevó la creación, modificación de las características y denominación así como la supresión de determinados puestos de trabajo, entre ellos algunos de los contemplados en la precitada Orden de

19 de mayo de 1989. Por lo demás, la experiencia obtenida tras cinco años de aplicación de dicha Orden ha puesto de manifiesto la necesidad de uniformar en lo posible la composición de las mesas de obras y de suministros, lo que hace conveniente publicar un nuevo texto adecuado a las competencias y a la actual situación de los puestos de trabajo de la Consejería. Por lo anterior, vistos los artículos 33 de la Ley de Contratos del Estado,

102 de su Reglamento y 3 del Decreto 110/1992, de 16 de junio, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 39, apartados 1? y 9?, de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

DISPONGO

Artículo 1?

1.Las Mesas de Contratación de Obras y de Suministros de los Servicios Centrales de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente estarán integradas por los siguientes miembros:

a)Presidente: El Secretario General Técnico. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, será suplido automáticamente por el Coordinador General de Servicios de la Secretaría General Técnica, y en defecto de éste por el Jefe del Servicio de Presupuestos y Gestión Económica.

b)Vocales:

b.1)El Coordinador General de Servicios de la Secretaría General Técnica. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, o cuando desempeñe la Presidencia de la Mesa, será suplido por el Jefe de la Sección de Contratación. b.2)El Jefe de Servicio responsable de la tramitación del expediente, del Organo Directivo al que competa la adjudicación del contrato incluido en el orden del día de la convocatoria. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, será suplido por el Jefe de Sección del mismo Servicio que su titular designe al efecto.

b.3)Un representante del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. b.4)Un delegado de la Intervención General.

c)Cuando lo requiera la naturaleza de las adquisicones a realizar que figuren en el orden del día, podrán incorporarse a la Mesa de Suministros los funcionarios técnicos que sean necesarios, los cuales participarán con voz y sin voto y serán designados por el Presidente.

d)Secretario: Actuará como tal el funcionario de la Consejería que designe el Presidente de la Mesa.

Artículo 2?

La Comisión de Compras de los Servicios Centrales de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente actuará siempre constituida en Mesa de Contratación y con éste carácter sus competencias se extenderán a todas las adjudicaciones de contratos de suministros, cualquiera que sea la clase de éstos y la forma de su adjudicación, salvo las que correspondan a la Comisión Central de Compras, la adquisición de suministros menores y a las Mesas, Juntas Provinciales y Comisiones Especiales de Compras reguladas en la Orden de 16 de marzo de 1993 (B.O.J.A. núm. 32, de 30 de marzo), por la que se delegan competencias en materia de contratación administrativa.

Artículo 3?

La Mesa de Contratación para la adjudicación de los restantes contratos en los Servicios Centrales de la Consejería, distintos a los de obras y suministros, se integrará con la misma composición que la Mesa de Obras y Suministros.

DISPOSICION DEROGATORIA

Queda sin efecto la Orden de esta Consejería de 19 de mayo de 1989 (BOJA núm. 45, de 9 de junio), sobre composición de mesas de contratación de la Consejería.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de julio de 1994

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente, en funciones

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Directores Generales de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente.

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