Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 30/7/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 26 de julio de 1994, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, por la que se prorroga el plazo para la adaptación de los cerramientos cinegéticos autorizados con anterioridad a la Resolución de 17 de julio de 1991 que los regula.

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La Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres establece que los cercados y vallados en terrenos cinegéticos deberán construirse de forma tal que no impidan la circulación de la fauna silvestre no cinegética y que la superficie y forma de dichos cercados deberán evitar los riesgos de endogamia en las especies cinegéticas. En aplicación de lo establecido en dicha Ley, el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, mediante Resolución de 17 de julio de

1991 reguló las condiciones para el establecimiento de cercados cinegéticos en cotos de caza mayor dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En cuanto a los cercados cinegéticos autorizados con anterioridad a la citada Resolución, mediante una Disposición Transitoria de la referida Resolución se establecía un plazo de tres años a partir del 27 de julio de 1991, para que se adaptasen a la normativa en ella contemplada.

La realización de esta adaptación en lo referente a las características de la malla cinegética, y más concretamente de las áreas de los retículos que la forman, presenta dificultades técnicas que requieren estudios y ensayos por parte del Instituto Andaluz de Reforma Agraria en colaboración con los distintos sectores interesados, estando prevista para este fin la constitución de una comisión técnica en el seno del Consejo Andauz de Caza. Dichos estudios y ensayos se realizarán en los cotos de titularidad del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, donde se llevarán a cabo las adaptaciones a que obliga la Resolución de

17 de julio de 1991.

En virtud de lo anterior, este Instituto HA RESUELTO:

Artículo único: Se establece una prórroga de un año del plazo establecido en la Disposición Transitoria de la Resolución del 17 de julio de 1991 para la adaptación de los cerramientos autorizados con anterioridad a dicha Resolución, en cuanto se refiere a las características de las mallas cinegéticas de los cerramientos.

DISPOSICION FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de julio de 1994.- El Presidente, Fernando Ciria Parras.

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