Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 4/8/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 7 de junio de 1994, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), de los bienes y derechos afectados por el proyecto denominado Acondicionamiento de la Carretera H-512 en acceso a Trigueros desde la CN-435 en el P.K. 216, en dicha localidad.

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Por el Ayuntamiento de Trigueros (Huelva), en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 1993, se adoptó entre otros acuerdos el de solicitar del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de las obras de acondicionamiento de la carretera H-512 en su acceso a esta localidad desde la carretera nacional CN-435 en su punto kilométrico 216, aprobado por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 1993, e incluido dentro del Programa P-6, denominado «Conservación de la Red Secundaria del Plan de Conservación de carreteras para 1993« de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de esta Comunidad Autónoma.

En la misma sesión se acordó la expropiación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras previstas, una vez entendida la declaración de utilidad pública de las obras, al amparo de lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de

1954 y 94 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Se fundamenta la declaración que se solicita en la urgente necesidad de llevar a cabo las obras proyectadas, habida cuenta de las circunstancias que concurren en el presente caso y que vienen dadas ante la exigencia de acometer las obras previstas como consecuencia del estado en que se encuentra la citada carretera, carente de la adecuada infraestructura, que dificulta el intenso tráfico rodado que soporta al tratarse de uno de los accesos a la localidad desde la carretera nacional CN-435 a través de la carretera H-512, con el consiguiente riesgo de accidentes para los usuarios de la misma.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento por parte de la Corporación interesada, procede acceder a la solicitud formulada por la misma una vez que se han identificado plenamente los bienes que han de ser objeto de ocupación y practicado la correspondiente información pública, dándose con ello cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa en relación con el artículo 52 de su Ley, mediante su inserción en los Boletines Oficiales de la Provincia de Huelva núm. 32 de fecha 9 de febrero de 1994 y de la Junta de Andalucía núm. 11 de fecha 20 de enero de

1994, y diario «Huelva Información« de fecha 20 de enero de 1994. Se ha presentado escrito de alegaciones suscrito por Dª Elvira María Peñate Pérez en el que, en síntesis, se opone a la urgencia en la realización de la obra así como a la valoración inicial otorgada a los terrenos, que han sido desestimadas por la Corporación en su sesión de fecha 1 de marzo de 1994, por improcedentes. Posteriormente, y mediante oficio de fecha 14 de abril de

1994, ha sido presentado escrito de alegaciones a la memoria justificativa de la urgencia por esta misma interesada, en el que se opone a los motivos aludidos por la Alcaldía del Ayuntamiento de Trigueros al no prestar su conformidad con las aseveraciones que en la misma se contienen y que han sido, asimismo, desestimadas por la Corporación Local en sesión celebrada por la Comisión de Gobierno con fecha 18 de abril de 1994, al no documentarse dichas alegaciones con los correspondientes informes técnicos contradictorios que puedan desvirtuar los argumentos que se exponen en la memoria de referencia y que provienen del informe de la Policía Municipal. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de junio de 1994,

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Trigueros (Huelva) de los bienes y derechos afectados por la ejecución del Proyecto denominado «Acondicionamiento de la Carretera H-512 de acceso a Trigueros desde la CN-435, en el P.K. 216«, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y cuya descripción es la siguiente:

Finca rústica. Paraje Osario.

Polígono Catastral núm. 38. Parcela 1.

Superficie afectada: 1.203,75 m.2

Titular: Dª Elvira María Peñate Pérez.

Sevilla, 7 de junio de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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