Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 13/8/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA. GMU

ANUNCIO. (PP. 1932/94).

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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 29 de abril de 1994, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

«El Excmo. Ayuntamiento Pleno conoció la Propuesta del Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de fecha 21 de abril de 1994, cuyo texto a la letra es el siguiente: «Se dio cuenta de expediente relativo a Estudio de Detalle sobre las parcelas R.5. y R.6.1. del PERI UA-LO-1 «Huelin«, promovido por Parque Málaga, S.A. representada por D. Bhagwan Sukhwani, que recibió la aprobación inicial en sesión plenaria municipal del día 11 de junio de 1993. Resulta esencialmente de las actuaciones posteriores habidas que, notificado al promotor el citado acuerdo, éste presentó una alegación al mismo, y que una vez cumplimentados los condicionantes exigidos, según se acredita mediante informe del Departamento de Planeamiento y Diseño Urbano de fecha

21 de septiembre del pasado año, fue sometido el expediente al trámite de información pública, durante el cual no se ha presentado ninguna otra alegación.

Resulta asimismo que se ha emitido informe al respecto por dicho Departamento con fecha 15 de febrero de 1994 en el que básicamente se propone la desestimación de la alegación presentada, habiéndose además aportado el Texto Refundido de la documentación válida, visado el 11 de febrero de 1994, exigido para la aprobación definitiva, y que previamente a la concesión de licencias deberá el promotor aportar el proyecto de obras de urbanización correspondiente, las cuales se descontarán de la carga de

23.850.914 ptas. asignada.

A la vista de cuanto antecede, el Consejo, por unanimidad de los Sres. miembros asistentes, propuso al Excmo. Ayuntamiento Pleno adopte los siguientes acuerdos:

1º Desestimar la alegación presentada por Parque Málaga, S.A., según lo expuesto en el informe del Departamento de Planeamiento y Diseño Urbano de fecha 15 de febrero pasado, del que se le dará traslado, como motivación y fundamento del presente acuerdo.

2º A tenor de lo dispuesto en el art. 117.4 del Real Decreto Legislativo

1/1992, de 26 de junio, aprobar definitivamente el Estudio de Detalle sobre las parcelas R.5 y R.6.1 del PERI de la UA-LO-1 «Huelin«, promovido por Parque Málaga S.A. representada por D. Bhagwan Sukhwani, conforme al texto refundido visado el 11 de febrero de 1994.

3º Disponer la publicación del precedente acuerdo en el BOJA en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124.1 del citado texto legal, significándose al promotor que el mismo no adquirirá ejecutoriedad hasta entonces según dispone el art. 131 siguiente.

4º Significar asimismo al promotor que con carácter previo a la licencia de obras deberá tramitar proyecto de obras de urbanización en los términos expuestos en el informe últimamente citado«. Respecto a esta Propuesta, consta el informe del Sr. Secretario General, acerca del procedimiento jurídico formal seguido. El resultado de la votación fue el siguiente: El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los Sres. miembros de la Corporación asistentes a la votación del presente punto y con el quorum suficiente, acordó prestar su aprobación a la propuesta cuyo texto ha sido transcrito«.

Lo que se hace público para general conocimiento significándose que contra el acuerdo antes transcrito podrá Vd. interponer recurso de reposición ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, dentro del plazo de un mes a contar desde el siguiente día al de la publicación del presente anuncio en el BOJA, como trámite o requisito previo al recurso contencioso administrativo que podrá interponer ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, dentro del plazo de dos meses contados desde el siguiente día a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuere expreso, y si no lo fuere, dentro del plazo de un año a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición; todo ello de conformidad con lo regulado en el art. 52 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y arts. 52 y 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo puede interponer cualquier otro recurso que considere procedente.

Málaga, 16 de mayo de 1994.-El Alcalde-Presidente del Consejo de Administración de la Gerencia, P.D. La Teniente-Alcalde, Delegada de Urbanismo, Vivienda y Obras, Asunción García-Agulló Orduña.

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