Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 16/8/1994

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE JAEN

ANUNCIO de bases para la provisión de una plaza de empleado/a laboral fijo/a, categoría técnico/a actividades socioculturales, en régimen de promoción interna, mediante concurso.

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La Excma. Diputación Provincial, en sesión celebrada el día

1 de julio de 1994, acordó lo siguiente:

Bases para la provisión de una plaza de empleado/a laboral fijo/a, categoría Técnico Actividades Socioculturales, en régimen de promoción interna, mediante Concurso.

Primera. Objeto.

Es objeto de la presente Convocatoria la provisión, en régimen de promoción interna, por el sistema de Concurso, de una plaza laboral fija, Grupo A.21 del Convenio Colectivo, con la categoría de Técnico/a Actividades Socioculturales, procedente de la Oferta de Empleo Público año 1993.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en el Concurso, será necesario reunir, en el plazo de finalización de presentación de instancias, los siguientes requisitos.

a) Ser funcionario/a de carrera o empleado/a fijo/a de la Diputación Provincial o de sus Organismos Autónomos, del Grupo B).

b) Tener una antigüedad en el Grupo de procedencia, de al menos dos años.

c) Estar en posesión del título de Licenciado Universitario.

Tercera. Presentación de instancias.

A. Contenido. Las Instancias, solicitando tomar parte en la Convocatoria, se dirigirán al Iltmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial y en ellas los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda.

B. Lugar y plazo. Se presentarán en el Registro General de esta Diputación Provincial, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto del Anuncio de Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

C. Documentación acreditativa de los méritos alegados. Junto a la instancia los/as aspirantes habrán de presentar, para la valoración de los méritos, los siguientes documentos:

a) Certificación expedida por la Diputación Provincial de Jaén, en la que se acredite categoría y tiempo de servicios prestados.

b) Títulos o certificados emitidos por las Instituciones u Organismos, públicos o privados, relativos a Cursos, Seminarios, Conferencias, simposiums, Jornadas, Exposiciones, Premios y Jurados, que acrediten la participación en dichas actividades culturales, bien con carácter docente o discente (original o fotocopia compulsada).

c) Publicaciones y trabajos, en cualquiera de sus modalidades, de los que sea autor/a o haya colaborado.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 2.000 pts. Serán satisfechos por los/as aspirantes en la cuenta que a nombre de Diputación se encuentra abierta en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén y cuyo número de cliente es 20920010191100000013. Dichos derechos sólo serán devueltos en caso de no ser admitido/a en la Convocatoria y a petición del interesado/a. El resguardo acreditativo deberá unirse a la instancia.

Quinta. Lista de admitidos/as.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Iltmo. Sr. Presidente procederá a la aprobación de la lista de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo estos últimos subsanar las deficiencias, que por su naturaleza sean subsanables, en el plazo de diez días previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/92, citada. Asimismo, el Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

En dicho Edicto se determinará el lugar, fecha y hora de constitución del Tribunal.

Sexta. Tribunal.

El Tribunal Calificador de las pruebas estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Diputación Provincial de Jaén o Diputado/a en quien delegue.

Vocales:

Un Técnico/a designado por el Presidente.

El Director del Area de Régimen Interior y Personal.

Un/a Técnico/a en representación de los trabajadores, designado por el Comité de Empresa.

Secretario: Un funcionario de la Corporación, que actuará con voz y voto.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la Presidencia y Secretaría y al menos un Vocal, titular o suplente, indistintamente. Los Vocales deberán poseer titulación igual a la plaza convocada.

Séptima. Baremo de méritos.

Méritos académicos: Hasta un máximo de 2 puntos.

1. Por una segunda licenciatura, 1 punto.

2. Por examen de licenciatura (régimen anterior), 0,50

puntos.

3. Por cada crédito (postgraduado/a), (1/32), 0,50 puntos.

4. Por título de Doctorado, 1 punto.

(Los apartados 2 y 3 son incompatibles para su acumulación, así como éstos y el 4º).

Actividades socio-culturales: Hasta un máximo de 5 puntos.

1. Por Publicaciones:

1.1. Artículos periodísticos, 0,10 puntos, cada uno.

1.1. Artículos en revistas especializadas, 0,20 puntos, cada uno.

1.2. Libros, 1 punto cada uno.

1.3. Audiovisuales, 0,50 puntos, cada uno.

2. por manifestaciones artísticas:

2.1. Montaje y dirección de exposiciones, 0,25 puntos,

cada uno.

2.2. Montaje y dirección de obras teatrales, música y

danza, 0,30 puntos, cada uno.

3. Por participación como miembro de Jurados en Certámenes, Adjudicación de Becas y otras de análoga naturaleza,

0,10 puntos, cada uno.

4. Por participación -como asistente o como organizador o interviniente- en Cursos, Seminarios, Jornadas, etc, 0,10 puntos cada uno, como organizador o interviniente y 0,05 puntos, cada uno, como asistente -con 40 horas mínimo.

5. Por premios obtenidos en actividades socio-culturales,

0,50 puntos, cada uno.

Por servicios prestados en las Administraciones Públicas, en puestos de igual o similar categoría: Hasta un máximo de 3 puntos:

Por cada mes de servicio, 0,05 puntos.

Octava. Resultado del Concurso, presentación de la documentación y designación.

Terminada la valoración de los méritos, el Tribunal publicará el nombre del/a aspirante seleccionado/a, formulando ante el Iltmo. Sr. Presidente propuesta de designación para posterior contrato de empleado laboral fijo de la Diputación Provincial. El/a aspirante propuesto/a presentará en el Area de Régimen Interior y Personal de la Diputación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Base Segunda de esta Convoctoria. Si dentro del plazo indicado y salvo supuestos de

fuerza mayor, no presentarse la documentación, no podrá ser designado ni contratado, quedando anulada la propuesta de designación, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera

haber incurrido por falsedad en su instancia. Todo ello, sin perjuicio de no necesitar aportar aquella documentación que obre

en su expediente personal de la Diputación Provincial u Organismo Autónomos.

Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del Concurso.

Décima. Recursos.

La presente Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos de carácter firme se deriven de la misma, podrán ser

impugnados por los/as interesados/as, en los plazos y forma establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 27 de julio de 1994.- El Presidente, Cristóbal López Carvajal.

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