Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 27/8/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ALCALA LA REAL

ANUNCIO de bases para la provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar de Cultura.

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Primera. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión mediante el sistema de oposición libre de un puesto de trabajo en régimen laboral, para el desempeño de las funciones de Auxiliar de Cultura -conductor del bibliobús y vehículos adscritos al área de cultura-, incluida en la oferta de empleo público de

1993.

Segunda. Requisitos que han de cumplir los aspirantes:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplida la edad de 18 años y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el cumplimiento de las funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No hallarse incurso en causa alguna de incapacidad.

g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase C1, antes de la fecha ee terminación de la presentación de instancias. Tercera. Las instancias solicitando tomar parte en la Oposición se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en las que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda con referencia a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, se entregarán en el Registro General de entrada de documentos, durante 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al que aparezca publicado el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su íntegra publicación en el de la Provincia de Jaén y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. También podrán presentarse, en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992.

Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y se ingresarán en la Depositaría Municipal.

Cuarta. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará Decreto declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En el Edicto se hará constar el plazo de diez días de subsanación de defectos que se concede a los aspirantes excluidos, el lugar, fecha y hora concretos de comienzo de los ejercicios, así como el nombramiento del Tribunal.

Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, y se expondrá en el tablón de anuncios de la Corporación. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Quinta. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue. Vocales: Un representante de la Consejería de Cultura. El Concejal Delegado de Cultura o quien le sustituya. Un representante designado por la Junta de Andalucía. Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento. Secretario: El de la Corporación o quien le sustituya. Se podrá disponer por el Tribunal la incorporación a sus trabajos de especialistas para su asesoramiento. El nombramiento del Tribunal llevará consigo el nombramiento de los correspondientes suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes.

Sexta. La oposición constará de los ejercicios que a continuación se detallan, y serán eliminatorios, en el caso de que no obtengan la puntuación mínima exigida para cada ejercicio. La puntuación final será la media de la obtenida en cada uno de los ejercicios.

En la realización de los ejercicios deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.

Séptima. Ejercicios de que consta la oposición:

1. Primer ejercicio. Consistirá en la transcripción de un texto que se facilitará por el Tribunal utilizando el Procesador de Textos WordPerfect 5.1 o 6.0. El tiempo máximo de duración será de 30 minutos. Junto con el texto a copiar, por el Tribunal se formularán cuestiones prácticas relacionadas con el sistema WP.

2. Segundo Ejercicio. Teórico. Que consistirá en responder por escrito en un tiempo máximo de 60 minutos a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas obtenidas de los temas incluidos en el Anexo I. Puntuación mínima: 5.

Octava. Terminada la calificación de los ejerciciós realizados por los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, que se elevará a la Alcaldía para que formule la correspondiente propuesta de nombramiento, no pudiendo declarar que han superado las pruebas más de un aspirante. El Tribunal podrá declarar desierta la convocatoria si ningún aspirante consigue superar la puntuación mínima de cada ejercicio.

El opositor propuesto presentará en Secretaría dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de su aprobación, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición, se exigen en la base segunda.

Si en el indicado plazo, y salvo caso de fuerza mayor, el opositor propuesto no presentara la documentación o no reuniese los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiere podido incurrir por falsedad en los datos expuestos en la instancia.

Una vez designado el aspirante, se procederá de inmediato a formalizarse contrato laboral por tiempo indefinido.

ANEXO I

Tema 1. la Constitución Española de 1978. Principios Generales. estructura y contenido.

Tema 2. Derechos y Deberes Fundamentales. El Tribunal

Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. la Provincia, Organización y competencias municipales.

Tema 4. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. El Pleno y la Comisión de Gobierno. Organos Complementarios.

Tema 5. Potestades de la Administración Local. Potestad Normativa. reglamentos, Ordenanzas y Bandos. Competencias de los Entes Locales.

Tema 6. El Estatuto de los Trabajadores. estructura y Contenido.

Tema 7. El motor de cuatro tiempos. Elementos principales que lo componen.

Tema 8. El motor Diesel. Diferencias entre los motores de gasolina y gas-oil.

Tema 9. Señales prohibitivas e informativas vigentes en nuevo Reglamento de Circulación.

Tema 10. Seguridad vial. Prevención de accidentes. Comportamiento en caso de accidente.

Tema 11. Red viaria de la comarca de Alcalá la Real. Principales accesos y comunicaciones de Alcalá la Real y aldeas.

Tema 12. El libro. Proceso de clasificación y catalogación.

Tema 13. La literatura. Clasificación de las obras literarias.

Tema 14. La literatura antigua. estudio de los principales autores y obras a lo largo de la historia de la literatura.

Tema 15. La literatura actual. Principales autores y obras.

DILIGENCIA

Para hacer constar que las presentes bases fueron aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 8 de julio 1994.

Alcalá la Real, 4 de octubre de 1994.- El Secretario,

Antonio Cano Murcia.

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