Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 3/9/1994

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Otros. NOTARIA DE DON JAIME ANTONIO SOTO MADERA

ANUNCIO. (PP. 2676/94).

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Don Jaime Antonio Soto Madera, Notario de Dos Hermanas, con despacho en la calle Ntra. Sra. de Valme núm. 45,

HAGO SABER:

Que ante mí, se tramita Procedimiento Extrajudicial de Ejecución Hipotecaria, número de expediente Uno. De la siguiente finca:

Vivienda número 24 de la calle Del Cisne de planta baja tipo B, Bloque 5 de la Ciudad de Dos Hermanas. Tiene una superficie de sesenta metros ochenta decímetros cuadrados. Consta de pasillo, comedor-estar, tres dormitorios, cocina, water lavadero y un patio con una superficie de treinta y dos metros cuarenta decímetros cuadrados.

Linda Norte calle del Cisne, Sur con la vivienda número 22 de la calle Canario, Oeste vivienda número 22 de la calle Cisne y Este calle Canario. Inscrita la garantía en el Registro de la Propiedad de Dos Hermanas, al Tomo

841, Folio 75, Finca número 12.567, inscripción 6ª Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

Uno. Se señala la primer subasta para el día cuatro de octubre de 1994, a las 12 horas; la segunda, en su caso, para el día 2 de noviembre del mismo año a las 12 horas; y la tercera, en el suyo, para el día 13 de diciembre del mismo año a las 12 horas; y en caso de mejora de la postura de la tercerra subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 20 de diciembre de 1994 a las 12 horas. Dos. Todas las subastas se celebrarán en el local de mi Notaría, calle Ntra. Sra. de Valme núm. 45 de esta Ciudad de Dos Hermanas. Tres. El tipo para la primera subasta es de seis millones setenta y cinco mil pesetas; para la segunda el 75% de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción alguna.

Cuatro. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

Cinco. Los postores deberán consignar previamente en la Notaría el 30% del tipo correspondiente, o el 20% del de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.

Seis. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Dos Hermanas, 12 de agosto de 1994

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