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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 21 de marzo de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 233/92, promovido por Productos Bituminosos, S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estima en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador D. Rafael García Valdecasas y García Valdecasas en la representación acreditada de la Compañía Mercantil «Productos Bituminosos, S.A.«, en anagrama PROBISA, contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 11 de septiembre de 1991, que declaró inadmisible por extemporáneo, el recurso de alzada interpuesto por la hoy actora, contra la Resolución de la Delegación Provincial en Jaén, de fecha 24 de enero del mismo año, que le había impuesto la sanción de cien mil pesetas, anulándose por no conforme a derecho la primera de las Resoluciones mencionada en cuanto declaró la extemporaneidad del recurso de alzada y manteniéndose por conforme a derecho la Resolución originaria que impuso la sanción referida por infracción del orden social; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 12 de septiembre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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