Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 27/9/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 22 de septiembre de 1994, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se efectúa convocatoria pública extraordinaria para la concesión de anticipos reintegrables al personal procedente del Servicio Andaluz de Salud y sus Gerencias Provinciales integrado en la Consejería de Salud y sus Delegaciones en las distintas provincias, ejercicio de 1994.

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Transferida por la Consejería de Salud la cantidad de 110 millones de pesetas con cargo al crédito habilitado para anticipos reintegrables en la Consejería de Gobernación y habida cuenta de que el personal del Servicio Andaluz de Salud integrado en la Consejería de Salud y sus Delegaciones Provinciales no tuvo oportunidad, en los plazos habilitados, de solicitar los anticipos reintegrables regulados por Orden de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), modificada parcialmente por la de 1 de octubre de 1993 (BOJA del 14), parece oportuno efectuar convocatoria pública extraordinaria para la concesión de dichos anticipos al mencionado personal. Por todo lo anterior, esta Secretaría General para la Administración Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere la Disposición Adicional Primera de la Orden de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24),

HA RESUELTO

Primero. Efectuar convocatoria pública extraordinaria para la concesión de anticipos reintegrables al personal que, procedente de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y sus Gerencias Provinciales, se ha integrado en los Servicios Centrales de la Consejería de Salud y sus Delegaciones Provinciales y se encuentra incluido en el ámbito de personal y cumpla los requisitos establecidos en la Orden de 14 de diciembre de 1992, citada.

Segundo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la mencionada disposición, los 110 millones transferidos por la Consejería de Salud a la de Gobernación con destino al crédito habilitado para anticipos reintegrables se distribuyen entre el personal funcionario y no laboral y el personal laboral de la forma siguiente:

Personal funcionario y no laboral: 101.200.000 ptas. (92%). Personal laboral: 8.800.000 ptas. (8%).

Tercero. Los porcentajes asignados a cada uno de los grupos funcionariales y laborales son los establecidos a efectos de préstamos de Acción Social en las Resoluciones de esta Secretaría General, de 26 de enero de 1994 (BOJA del 3 de febrero), de distribución de créditos de Acción Social del ejercicio de 1994, para el personal laboral y para el personal funcionario y no laboral, respectivamente.

Cuarto. Las cantidades que se pueden solicitar, los plazos de amortización, el procedimiento de adjudicación, régimen de incompatibilidades así como las situaciones de excepcionalidad para la concesión de los mencionados anticipos son los establecidos en la Orden de 14 de diciembre de 1992, citada anteriormente.

Quinto. A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación, en modelo normalizado:

a) Certificación de la antigüedad en la Administración, a 31 de diciembre de

1993, expedida por los servicios de personal.

b) Certificación de las retribuciones líquidas del solicitante relativas al mes de enero de 1994, expedida por la habilitación correspondiente.

Sexto. Las solicitudes y la documentación mencionadas anteriormente se presentarán preferentemente en las oficinas de registro de la Consejería de Gobernación (Plaza del Cristo de Burgos, 31, 41071 Sevilla) o de las Delegaciones de ésta en las distintas provincias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 14 de octubre de

1994.

Sevilla, 22 de septiembre de 1994.-El Secretario General, Antonio Roig López.

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