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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 4 de abril de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1253/92, promovido por Construcciones Levita, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora D.a M.a Paz Calvo Pancorbo en la representación acreditada de Construcciones Levita, S.A., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 8 de abril de 1992, desestimatoria de la alzada interpuesta otra de la Delegación Provincial en Jaén de la expresada Consejería, de fecha 7 de noviembre de 1991, que le impuso una sanción de cincuenta mil cien pesetas, por aparecer tales actos administrativos conformes a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 16 de septiembre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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