Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 4/10/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 5 de septiembre de 1994, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas para actividades de investigación, formación, fomento y difusión en materias relacionadas con la Consejería.

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El régimen de concesión de subvenciones para actividades de investigación, formación, fomento y difusión en materias relacionadas con las competencias de la Consejería se reguló mediante Orden de 8 de febrero de 1994 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. En la referida Orden que realiza la convocatoria para el presente año, se señala en su artículo quinto que la Orden del Consejero concediendo la subvención deberá especificar la actividad o proyecto que se subvenciona, la cuantía de la misma y las condiciones de abono y, si se trata de un proyecto, las determinaciones técnicas que se estimen necesarias para el mejor desarrollo y ejecución del mismo.

Por todo ello, en virtud de lo establecido en el artículo vigésimo primero de la Ley 9/93 de 30 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994 y a propuesta de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero.Se subvencionan los proyectos que a continuación se relacionan en las cuantías que se detallan:

-Proyecto del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Oriental (Delegación de Almería) y la Universidad de Almería para la realización del «Estudio de investigación sobre la influencia e importancia de las obras de transformación urbana de la Rambla en la percepción, concepto y uso de la ciudad por los Almerienses«, en una cuantía de 3.680.000 ptas.

-Proyecto del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía (Delegación Provincial de Huelva) para la celebración de un «Ciclo de Conferencias sobre Cartografía y sus aplicaciones«, en una cuantía de

445.000 ptas.

-Proyecto del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Oriental (Delegación de Granada) para la celebración de las «Jornadas de redacción, tramitación y ejecución del planeamiento urbanístico«, en una cuantía de

1.000.000 ptas.

-Proyecto del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Oriental (Delegación de Málaga) para la celebración de unas «Jornadas técnicas sobre el planeamiento urbanístico de los años noventa«, en una cuantía de

2.159.000 ptas.

-Proyecto de la Universidad de Sevilla (Departamentos de Geografía Física y Geografía Humana) para la realización de la «Sistematización, catalogación y acondicionamiento de la Cartoteca de la Sección de Geografía de la Universidad de Sevilla«, en una cuantía de 4.460.000 ptas.

-Proyecto de la Universidad de Cádiz (Grupo de Estudios «Bahía de Cádiz«) para la realización de un «Curso de formación sobre la ordenación del territorio: planeamiento urbano«, en una cuantía de 1.000.000 ptas.

-Proyecto de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla para la realización de un «Seminario sobre los procesos de intervención en la ciudad "Plan y Proyecto Urbano``«, en una cuantía de 1.500.000 ptas.

-Proyecto del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Oriental para la realización de un «Estudio de una terminología común en la redacción de la normativa de edificación en las figuras de planeamiento«, en una cuantía de

2.000.000 ptas.

Segundo.El pago de estos Proyectos ser realizará mediante libramientos sucesivos, previas certificaciones acreditativas del gasto realizado por el beneficiario en la ejecución del Proyecto subvencionado. No obstante, el primero de los libramientos, y por cuantía no superior al

20% del total del importe subvencionado, se hará efectivo a la publicación de esta Orden.

Para el abono del resto, el beneficiario deberá justificar previamente a cada pago que la aplicación de los fondos recibidos se han destinado total y exclusivamente a la finalidad para la que fueron concedidos.

Tercero.La cuantía de la subvención podrá ser modificada e incluso anulada la provisión, si las mismas no se ajustan al Proyecto subvencionado o son destinadas a ejecutar un Proyecto distinto del que fuera seleccionado.

Cuarto.Se autoriza al Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo a dictar cuantos actos y disposiciones sean necesarios para la ejecución de la presente Orden que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 5 de septiembre de 1994

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.