Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 12/2/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 17 de diciembre de 1993, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Almería, por la que se acuerda aprobar definitivamente la presente modificación puntual de las normas subsidiarias de Alhama de Almería.

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Reunida la Comisión Provincial de Urbanismo de Almería en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 1993. Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes bajo el número 2529 del que se dio cuenta a la ponencia técnica en su reunión de trabajo de 10 de diciembre de 1993, sobre Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Alhama de Almería, promovido por el Ayuntamiento de dicho Término Municipal.

El presente proyecto se encontraba suspendido pendiente de que se emitiera informe favorable por el Servicio de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, informe que fue emitido en tal sentido con fecha 4 de noviembre de 1993. Vistos los artículos 73, 75, 77, 78, 80 y 114 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (R.D. Legislativo 1/1992) y demás disposiciones complementarias y Vista la normativa del Texto Refundido de la Ley del Suelo en relación con el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en el que se regulan las competencias en materia urbanística de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de la Junta de Andalucía.

La Comisión Provincial de Urbanismo Acuerda:

Aprobar definitivamente la presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Alhama de Almería.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía Administrativa cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a esta Comisión Provincial de Urbanismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almería, 17 de diciembre de 1993.- El Secretario, Andrés Marín Durbán.

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