Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 171 de 28/10/1994

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Otros. NOTARIA DE DON JAIME SOTO MADERA

ANUNCIO. (PP. 3117/94).

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Don Jaime Antonio Soto Madera, Notario de Dos Hermanas, con despacho en la calle Nstra. Sra. de Valme núm. 45,

HAGO SABER: Que ante mí, se tramita Procedimiento Extrajudicial de Ejecución Hipotecaria, número de expediente 3 de la siguiente finca:

22. Vivienda C de la planta quinta, correspondiente al edificio denominado ANASOI, en Montequinto, término municipal de Dos Hermanas (Sevilla), con una superficie construida de 110,83 metros cuadrados y una superficie útil de

89,31 metros cuadrados, distribuida convenientemente para vivienda, con sus correspondientes linderos y dependencias, con una cuota de participación sobre el total del edificio de 2,326%.

Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Dos Hermanas, al tomo 766, folio 53, finca 25.724.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

Uno. Se señala la primera subasta para el día trece de diciembre de 1994 a las 13 horas; la segunda, en su caso, para el día diecisiete de enero de

1995 a las 13 horas; y la tercera, en el suyo para el día catorce de febrero de 1995 a las 13 horas; y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 21 de febrero de 1995 a las 13 horas.

Dos. Todas las subastas se celebrarán en el local de mi Notaría, calle Nstra. Sra. de Valme, núm. 45 de esta Ciudad de Dos Hermanas.

Tres. El tipo para la primera subasta es de ocho millones doscientas treinta mil pesetas.

Para la segunda el 75% de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción alguna.

Cuatro. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

Cinco. Los postores deberán consignar previamente en la Notaría el 30% del tipo correspondiente, o el 20% del de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.

Seis. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Dos Hermanas, 14 de octubre de 1994

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