Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 16/11/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

DECRETO 428/1994, de 8 de noviembre, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1995.

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El apartado 2 del artículo 37 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, en la nueva redacción dada por el artículo cuarto de la Ley 11/1994, de 19 de mayo, por la que se modifican determinados artículos del Estatuto de los Trabajadores, del texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral y de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, regula la determinación de las fiestas laborales que, con carácter retribuido y no recuperable, se incluirán en el calendario laboral de cada año.

El párrafo tercero del referido precepto faculta a las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, para sustituir las fiestas de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y aquéllas que se trasladen a lunes, por fiestas que por tradición le sean propias, pudiendo hacer uso de la facultad de traslado a los lunes de las fiestas que tengan lugar entre semana.

Como quiera que en la actualidad aún no han sido determinadas reglamentariamente cuáles sean las fiestas de ámbito nacional que pudieran ser sustituidas por fiestas tradicionales de la Comunidad Autónoma, y de conformidad con la Disposición final tercera de la Ley 11/1994, de19 de mayo, resulta de aplicación el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre Regulación de la Jornada de Trabajo, Jornadas Especiales y Descanso, en su redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de3 de noviembre, que determina cuáles son las fiestas de ámbito nacional y los procedimientos de sustitución de las mismas. Por lo anteriormente expuesto se ha estimado conveniente para esta Comunidad Autónoma que, de las fiestas de ámbito nacional que puede sustituir por otras propias, se mantengan las celebraciones correspondientes a la Epifanía del Señor, 6 de enero, y Jueves Santo, 13 de abril, por ser tradicionales de Andalucía, y no se realiza la opción entre las fiestas de San José, 19 de marzo, que coincide con domingo, y Santiago Apóstol, 25 de julio, sustituyendo la misma por la fiesta correspondiente al 28 de febrero, Día de Andalucía, en aplicación del Decreto 149/1982, de 15 de diciembre, que declaró dicha fecha inhábil a efectos laborales y con carácter permanente en nuestra Comunidad Autónoma.

En su virtud, oídos los agentes sociales y económicos, a propuesta de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de noviembre de 1994,

DISPONGO

Artículo primero. Como fiesta laboral para la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el año 1995, con carácter retribuido y no recuperable y con independencia de las dos fiestas locales que podrán fijarse para cada municipio, se establece la siguiente:

28 de febrero, martes. Día de Andalucía.

Artículo segundo. Consecuentemente, el Calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1995, incluidas las de ámbito nacional, es el que como Anexo se incorpora al presente Decreto.

Artículo tercero. La propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se realizará ante la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, en la forma prevista en la Orden de la Consejería de Trabajo de 11 de octubre de

1993 (BOJA núm. 112, de 16 de octubre), en el plazo preclusivo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente Decreto.

Sevilla, 8 de noviembre de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

RAMON MARRERO GOMEZ

Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales

ANEXO

2 Enero, lunes por Año Nuevo

6 Enero, viernes Epifanía del Señor

28 Febrero, martes Día de Andalucía

13 Abril, Jueves Santo

14 Abril, Viernes Santo

1 Mayo, lunes Fiesta del Trabajo

15 Agosto, martes Asunción de la Virgen

12 Octubre, jueves Fiesta Nacional de España

1 Noviembre, miércoles Todos los Santos

6 Diciembre, miércoles Día de la Constitución

Española

8 Diciembre, viernes Inmaculada Concepción

25 Diciembre, lunes Natividad del Señor

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