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La Orden de 23 de octubre de 1991 (BOE del 31 de octubre), por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato dispone en su artículo 11º que las Comunidades Autónomas con plenas competencias en materia de Educación podrán convocar Premios Extraordinarios de Bachillerato en sus ámbitos territoriales respectivos.
Por todo lo anterior, esta Consejería de Educación y Ciencia ha resuelto:
Primero.Se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 1993/94 en laComunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo.1.Podrán optar al Premio Extraordinario, aquellos/as alumnos/as que hayan terminado sus estudios de Bachillerato en el curso 1993/94, y cuya media resultante de las calificaciones obtenidas en los tres cursos de Bachillerato Unificado Polivalente o en los tres primeros cursos del Plan Experimental de Reforma de las Enseñanzas Medias (primer ciclo y primer curso del segundo ciclo), sea igual o superior a 8,5 puntos.
2.La calificación media se obtendrá teniendo en cuenta todas las materias cursadas por el/la alumno/a, tanto comunes como optativas, excepto las de carácter voluntario. A las calificaciones se les asignará el siguiente valor numérico:
a)Bachillerato Unificado Polivalente:
Suficiente: 5,5 puntos.
Bien: 6,5 puntos.
Notable: 7,5 puntos.
Sobresaliente: 9 puntos.
b)Plan Experimental de Reforma de las Enseñanzas Medias:
Suficiente: 5,5 puntos.
Notable: 7,5 puntos.
Sobresaliente: 9 puntos.
Tercero.1.En cada provincia podrá concederse un Premio Extraordinario de Bachillerato por cada 1.000 alumos/as, o fracción superior a 500, matriculados/as en3º de Bachillerato Unificado Polivalente o en primer curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental en el curso 1993/94. En todas las provincias en que el número de alumnos/as matriculados/as fuese superior a 500 podrá concederse un Premio Extraordinario.
2.A los efectos previstos en el párrafo anterior, se tendrán en cuenta tanto los/las alumnos/as de Centros Públicos como de Centros Privados y los/las alumnos/as matriculados/as en la modalidad de enseñanza a distancia.
Cuarto.1.Los/las alumnos/as que, reuniendo los requisitos establecidos en el apartado anterior, deseen optar al Premio Extraordinario, deberán inscribirse en el Centro en el que se encuentre su expediente académico.
2.El plazo de inscripción de los/las alumnos/as que concurran a estos premios será de diez días naturales, contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.Los alumnos/as y los/as Secretarios/as de sus respectivos Centros deberán cumplimentar el modelo de inscripción que se incluye como anexo a la presente convocatoria.
4.Finalizado el plazo de inscripción, los Secretarios/as de los Centros remitirán a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia las inscripciones que obren en su poder.
Quinto.Las pruebas se celebrarán el día 9 de diciembre de 1994 en los locales que habiliten al efecto las Delegaciones Provinciales, debiendo comunicarlo con antelación a todos los Centros que hubieren inscrito alumnos/as en la presente convocatoria.
Sexto.Las pruebas constarán de los ejercicios siguientes:
Primer Ejercicio.
a)Redacción sobre un tema de carácter general, histórico o literario.
b)Traducción directa e inversa de la lengua extranjera cursada por el alumno. Segundo Ejercicio.
Cuestiones o ejercicios prácticos sobre las materias comunes del Bachillerato Unificado y Polivalente, o en su caso, del Plan Experimental de Reforma de las Enseñanzas Medias.
Séptimo.1.Las Delegaciones Provinciales nombrarán los tribunales, uno por cada provincia. Serán coordinados por el/la presidente/a del Tribunal que, entre los nombrados, sea designado por el Director General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional. Los tribunales estarán constituidos por funcionarios/as docentes, pertenecientes al Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y por profesores/as numerarios de Enseñanza Secundaria.
2.Cada tribunal estará compuesto por un/a presidente/a y cuatro vocales especialistas en las diversas materias que compongan la prueba, elegidos por el/la Delegado/a Provincial correspondiente. Actuará como Secretario/a de cada tribunal el/la vocal de menor antigüedad en el Cuerpo.
3.En caso de ser necesario, los presidentes podrán proponer a los/las Delegados/as Provinciales la incorporación a los tribunales de asesores/as especialistas.
Octavo.1.Corresponde a los/las Presidentes/as de los Tribunales:
a)Elaboración de las pruebas.
b)Coordinación de los criterios de evaluación de los mismos.
2.Corresponde a cada uno de los Tribunales:
a)Corrección de las pruebas.
b)Resolución de las reclamaciones que pudieran presentarse.
Noveno.Una vez evaluadas las pruebas se harán públicos los listados con las calificaciones provisionales en los tablones de anuncios de los lugares de realización de éstas.
Décimo.Publicadas las mismas, los/as alumnos/as examinados/as, sus padres o representantes legales podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas mediante escrito dirigido al/la Presidente/a del Tribunal, en el plazo máximo de cinco días siguientes al de la exposición. Estudiadas y resueltas las alegaciones que pudieran presentarse se harán públicos los listados con las calificaciones definitivas. El trámite de notificación se entenderá efectuado con dicha Resolución. Contra la resolución de los tribunales podrán presentarse alegaciones ante el Director General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional. Resueltas las mismas podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia.
Undécimo.Los/as alumnos/as que obtengan premio extraordinario podrán optar al Premio Nacional de Bachillerato.
Duodécimo.Se autoriza a la Dirección General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional a adoptar las medidas oportunas para el desarrollo de la presente Orden.
Decimotercero.La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Decimocuarto.Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 7 de noviembre de 1994
INMACULADA ROMACHO ROMERO
Consejera de Educación y Ciencia
ANEXO
Apellidos y Nombre .................................................... Fecha de Nacimiento ............... Lugar ......................... Domicilio
....................................................................... Centro en que cursó sus estudios ................................. Idioma elegido ............................................................. Asignaturas optativas ................................................... Tipo de Bachillerato cursado (BUP o Bachillerato Experimental) .......................................................................
Desea tomar parte en las pruebas para la obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato convocadas por la Orden de 7 de noviembre de 1994 de la Consejería de Educación y Ciencia.
(Firma)
Ilmo. Sr./a. Delegado/a Provincial de Educación y Ciencia.
El/la Secretario/a del Centro ...................................... de......................................................................... Certifica: Que el alumno/a ........................... ha alcanzado una nota media de ........., en las calificaciones obtenidas en los tres curso de B.U.P. o en los tres primeros cursos del Plan Experimental de Reforma de las Enseñanzas Medias (Primer Ciclo y primer curso del Segundo Ciclo), por lo que reúne los requisitos establecidos en la Orden de 7 de noviembre de 1994, a fin de participar en las pruebas para la obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato.
........................... de .................. de 1994. (Firma y Sello)
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