Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 17/11/1994

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE JAEN

ANUNCIO de bases.

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El Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria, en fecha 21 de septiembre de 1994, acordó lo siguiente:

BASES DE SELECCION DE TRES PLAZAS DE EMPLEADOS/AS LABORALES FIJOS/AS, CON LA CATEGORIA DE AUXILIARES DE RECAUDACION, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION, CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 1994

Primera. Objeto

Es objeto de esta Convocatoria la provisión, mediante Concurso-Oposición de tres plazas laborales fijas, con categoría de Auxiliar de Recaudación, de la plantilla de este Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria, pertenecientes al Grupo D.15 del Convenio Colectivo vigente y correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 1994.

Segunda.Requisitos que han de reunir los/as aspirantes

Para tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, será necesario reunir, en el momento de la finalización del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a)Ser español/a.

b)Tener cumplida la edad de 18 años y no exceder de la necesaria para la jubilación.

c)Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Del título de Graduado Escolar, FP1 o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de presentación de instancias.

d)No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e)No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Tercera.Presentación de instancias

A) Contenido.

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Presidente del Organismo Autónomo Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria y en ellas los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda.

B) Lugar y plazo.

Se presentarán en el Registro General de esta Diputación Provincial, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente día al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

C)Documentación acreditativa de los méritos alegados. Junto a la instancia los/as aspirantes habrán de presentar, para la valoración de los méritos, los siguientes documentos:

-Certificación expedida por el Organismo competente donde se acrediten los servicios prestados en cualesquiera de las Administraciones Públicas.

-Título o Certificación emitidos por la Institución que haya impartido el Curso o Seminario (original o fotocopia compulsada).

-Certificado de cotización a la Seguridad Social y contrato de trabajo visado por el INEM, y en defecto de éste cualquier otro documento de igual fuerza probatoria.

Cuarta. Derechos de examen

Los derechos de examen, que se fijan en 500 ptas., serán satisfechos por los/as aspirantes en la cuenta 2092.3110.010.000136.7 que a nombre de Diputación (Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria) se encuentra abierta en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén y sólo serán devueltas en caso de no ser admitidos/as al Concurso-Oposición y previa solicitud del interesado/a. El resguardo se unirá a la instancia y en el mismo deberá constar nombre del interesado/a y concepto del ingreso.

Quinta. Lista de admitidos/as

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente del Organismo procederá a la aprobación de la lista de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los/as aspirantes excluidos/as, en el plazo de 10 días previsto en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo, subsanar las deficiencias, que por su naturaleza sean subsanables. Asimismo, el Sr. Presidente del Organismo, procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público junto con la lista de admitidos/as en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho edicto se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Sexta. Tribunal

La composición del Tribunal calificador de las pruebas estará constituido de conformidad con lo establecido en el R.D. 896/91, de 7 de junio y R.D.

2223/84, de 19 de diciembre, en la siguiente forma:

Presidente: El del Organismo Autónomo Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria o Diputado en quien se delegue.

Vocales:

-El Gerente del Organismo Autónomo.

-Un empleado/a de la Diputación de categoría igual, al menos, a la del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, designado por el Presidente.

-Un empleado/a laboral designado por el Comité de Empresa.

-Un Técnico experto/a, designado por el Presidente.

Secretario: El del Organismo Autónomo o funcionario/a público en quien delegue, a efectos de fe pública.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente/a, Secretario/a y al menos dos Vocales, titulares o suplentes, indistintamente. Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Séptima. Fase de selección

Constará de dos fases, una de Concurso y otra de Oposición, la fase de Concurso será previa a la de Oposición.

A)Fase de Concurso.

En la fase de concurso se valorará la formación y experiencia profesional de conformidad con el siguiente baremo de méritos:

Primero. Formación.

Para la baremación de los cursos realizados es necesario que hayan sido impartidos por Instituciones de carácter público o empresas privadas, siempre que aquéllos obedezcan a conciertos o convenios con la Administración Pública.

1.1.Por cursos de formación en materia de Admón. Pública:

De 10 a 40 horas: 0,20 puntos por curso.

De más de 40 horas: 0,40 puntos por curso.

Máximo: 1 punto.

1.2.Por cursos de formación en materia tributaria local o recaudatoria en general:

De 10 a 40 horas: 0,40 puntos por curso.

De más de 40 horas: 0,80 puntos por curso.

Máximo: 3 puntos.

1.3.Por cursos de formación en materia específica de ofimática:

De 20 a 40 horas: 0,20 puntos por curso.

De más de 40 horas: 0,40 puntos por curso.

Máximo: 1 punto.

Máximo apartado primero: 5 puntos.

Segundo.Experiencia profesional en las Administraciones Públicas.

2.1.En puestos de trabajo del mismo grupo de clasificación al de la plaza convocada en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,3 puntos por año.

2.2.En puesto de trabajo del mismo grupo o superior de clasificación relacionados con Recaudación en cualquiera de las Administraciones Públicas:

0,60 puntos por año.

2.3.Si dichos servicios del mismo grupo o superior de clasificación lo fuesen en el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria: la puntuación se incrementará 0,60 puntos por año de Servicio. Las fracciones de tiempo inferiores a un año se valorarán proporcionalmente, despreciándose las inferiores a un mes.

Máximo apartado segundo: 5 puntos.

La fecha de comienzo de los ejercicios se publicarán en el tablón de edictos de la Diputación Provincial con una antelación al menos de 15 días naturales. Los opositores serán convocados por cada ejercicio en llamamiento único, salvo en caso de fuerza mayor, debidamente justificado y apreciado libremente por el Tribunal.

Los puntos obtenidos en la fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de Oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados/as. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de Oposición.

B)Fase de Oposición.

Los ejercicios de la fase de Oposición serán tres, obligatorios y eliminatorios, en el orden siguiente:

Los aspirantes habrán de concurrir a la realización de los ejercicios provistos de su Documento Nacional de Identidad.

Primer ejercicio:

a)Desarrollar por escrito, durante un máximo de tres horas, tres temas extraídos al azar, de los cuales uno lo será del anexo de Materias Comunes y dos de Materias específicas.

b)Realización de un test de preguntas concretas o un cuestionario sobre materias del programa, cuyo número determinará el Tribunal que asimismo establecerá el tiempo máximo para su realización.

Segundo ejercicio:

-Prueba práctica que consistirá en la resolución de un caso práctico, relacionado con los contenidos específicos de Auxiliares de Recaudación.

Tercer ejercicio:

-Realización de una prueba de Ofimática. Dicha prueba consistirá en un tratamiento de textos a realizar, a opción del opositor, en el sistema Word Perfect (5.1) o Word en el entorno Windows. El sistema de valoración será el de incrementar la puntuación obtenida, por aquellos opositores que superen la prueba y hayan optado por el Sistema Word en el entorno Windows, en 2 puntos.

Cada uno de los ejercicios descritos se puntuará de uno a cinco puntos, siendo necesario superar con una puntuación de 2,5 puntos cada uno de ellos para poder pasar al siguiente, con la excepción del ejercicio de ofimática en que la puntuación máxima podrá ser de 7 puntos.

Octava.Resultado del concurso, presentación de la documentación y designación

Terminada la valoración de los méritos, el Tribunal publicará el nombre de los/as aspirantes seleccionados/as formulando ante el Ilmo. Sr. Presidente propuesta de designación para posteriores contratos de empleados/as laborales fijos/as del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.

Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Base Segunda de esta Convocatoria. Si dentro del plazo indicado, y salvo supuestos de fuerza mayor, no presentase la documentación, no podrá ser designado/a ni contratado/a quedando anulada la propuesta de designación, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia. Todo ello, sin perjuicio de no necesitar aportar aquella documentación que obre en su expediente personal del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.

Novena. Incidencias

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del Concurso-Oposición.

Décima. Legislación aplicable

En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo establecido en la Ley

30/84, de 2 de agosto, Ley 7/85, de 2 de abril, Real Decreto 896/91, de 7 de junio, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, Real Decreto

2223/84, de 19 de diciembre y de más disposiciones aplicables.

Onceava. Recursos

La presente Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos de carácter firme se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los/as aspirantes a través de los recursos establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

MATERIAS COMUNES

Tema 1.La Constitución Española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.

Tema 2.La Corona. Los Poderes del Estado. Nociones generales.

Tema 3.La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los entes públicos: las Administraciones del Estado, Autonómica, Local e Institucional.

Tema 4.Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 5.Régimen Local Español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 6.La provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias.

Tema 7.El Municipio. Organización municipal. Competencias.

Tema 8.Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.

Tema 9.Derecho administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.

Tema 10.Formas de acción administrativa en la esfera local. Fomento. Servicio Público. Policía. Especial referencia a la concesión de licencias.

Tema 11.Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

Tema 12.Los Presupuestos Locales. Estructura. Tramitación. Régimen Jurídico del Gasto Público Local.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1.Autorización judicial de entrada en el domicilio del deudor. El expediente general de apremio. Los expedientes individuales y colectivos de apremio. Actuaciones procesales de impulsión y desarrollo de los expedientes: providencias y diligencias.

Tema 2.Embargo de bienes muebles. Oficios rogatorios a otras Corporaciones Locales. La relación de bienes en los embargos. Bienes inembargables. Notificación de los embargos.

Tema 3.Peculiaridades de los embargos de los distintos bienes del artículo

1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Autorización judicial para entrada forzosa en el domicilio del deudor. Depósito de bienes embargados. Responsabilidad y derechos del Depositario.

Tema 4.Embargo de bienes inmuebles. Anotación preventiva de embargo. Valoración de los bienes embargados. Certificaciones en las oficinas y catastros. Títulos de propiedad.

Tema 5.Enajenación de bienes muebles embargados. Tasación de los bienes muebles. Autorización de la celebración de subasta. Providencia, notificación y anuncio de la subasta. Desarrollo de la subasta de bienes muebles. La almoneda. Venta de gestión directa.

Tema 6.Enajenación de bienes inmuebles. Autorización de la subasta. Providencia, notificación y anuncio de la subasta. Desarrollo de la subasta de bienes inmuebles. Escritura de venta de los bienes subastados. Adjudicaciones de inmuebles a la Corporación. Finalización del expediente ejecutivo. Costas, gastos, dietas y honorarios.

Tema 7.Deudas tributarias incobrables. Expedientes de fallidos deudores en paradero desconocido e insolventes. Expedientes de baja por errores administrativos y otros motivos.

Tema 8.Tercerías. Suspensión del procedimiento de apremio. Remoción de obstáculos en el procedimiento de apremio.

Tema 9.Documentos de cargo y data de valores en el procedimiento ejecutivo. Ingreso diario de lo cobrado en la cuenta bancaria restringida. Diario de cobranza, arqueo y parte diario. Formalización periódica de los ingresos.

Tema 10.Libros de Contabilidad y la Recaudación ejecutiva exigidos por el Reglamento General de Recaudación y el Real Decreto Legislativo 781/1986. Requisitos y llevanza de los libros. Rendición de cuentas.

Tema 11.La Gestión Tributaria: I.B.I., I.A.E. e I.V.T.M. Caracteres esenciales. Competencias.

Tema 12.I.B.I. Naturaleza y Hecho Imponible. Beneficios fiscales. Sujeto Pasivo. Valor Catastral. Cuota. Tipos.

Tema 13.El I.A.E. Naturaleza y Hecho Imponible. Beneficios fiscales. Sujeto Pasivo, Cuotas, Coeficientes Indices.

Tema 14.El I.V.T.M. Cuota. Período Impositivo y Devengo. Gestión. Autoliquidación. Acreditación del Pago del impuesto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 4 de octubre de 1994.-El Presidente, Cristóbal López Carvajal.

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