Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 18/11/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 28 de septiembre de 1994, por la que se hace pública una ayuda económica complementaria a favor de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, para la construcción de sesenta y seis viviendas de protección oficial de régimen especial en venta en el municipio de Benalmádena (Málaga), al amparo del Decreto que se cita.

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Ilmos. Sres.:

Por D. Enrique Cobo Fernández en representación de E.P.S.A. Empresa Pública de Suelo de Andalucía en Málaga se solicita, al amparo del Decreto de la Junta de Andalucía 119/1992, de 7 de julio, una Ayuda Económica Complementaria a fondo perdido con destino a hacer posible la viabilidad económica de la actuación protegible «66 Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial en Venta en Benalmádena (Málaga)«. Con fecha 22 de septiembre de 1992 el expediente 29-2-0084/92 correspondiente a dicha actuación, obtuvo, de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, Calificación Provisional en el Régimen Especial en Venta contemplado en el Real Decreto

1932/1991, de 20 de diciembre, con destino a viviendas cedidas en propiedad. Por parte del Promotor Público ha sido acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 36 del Decreto de la Junta de Andalucía

119/1992, de 7 de julio, y aportada en su momento la documentación a que se refiere el apartado 1 del artículo 37 del mismo texto legal. De conformidad con el artículo 35 del Decreto anteriormente aludido, la Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá subvencionar la actuación protegible de Régimen Especial en Venta a que se refiere la Sección2 del capítulo II, del Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre. En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero.Se concede a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (E.P.S.A.) de Málaga una subvención equivalente al 6% del módulo ponderado aplicable vigente en la fecha de Calificación Provisional, por cada metro cuadrado de superficie útil total de las viviendas de la citada promoción que no superan los 70 metros cuadrados de superficie útil y que asciende a un total de quince millones setecientas veinticinco mil ochocientas trece pesetas (15.725.813).

Segundo.El abono de la subvención se efectuará conforme al grado de ejecución de las obras con arreglo a los siguientes hitos y porcentajes, pudiéndose acumular dos o más libramientos en función del estado de las obras:

-20% a la presentación de testimonio notarial de la escritura de préstamo hipotecario.

-20% a la presentación de certificación del Director de la obra, con la conformidad de los Servicios Técnicos de la Delegación Provincial correspondiente, de la terminación de la Estructura.

-20% a la presentación de certificación del Director de la obra, con la conformidad de los Servicios Técnicos de la Delegación Provincial correspondiente, de la terminación de Albañilería y Cubiertas.

-15% a la presentación de certificación del Director de la obra, con la conformidad de los Servicios Técnicos de la Delegación Provincial correspondiente, de la terminación de Yesos e Instalaciones.

-25% a la presentación de certificación, emitida por el Secretario de la Delegación correspondiente con el VºBº del Delegado Provincial, de haber obtenido la Calificación Definitiva.

Tercero. Para el abono del último 25% del importe de la subvención será necesario acreditar, mediante certificación expedida por el órgano competente de la entidad perceptora, que los importes recibidos se han aplicado en su totalidad a la finalidad prevista en el susodicho Decreto.

Cuarta. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para su ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 28 de septiembre de 1994

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial.

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