Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 17/2/1994

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 3919/93).

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El Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Granada.

Hace Saber: Que ante este Juzgado se siguen autos de Juicio de Banco Hipotecario de España S.A. número 00071/1992, a instancia de Banco Hipotecario de España S.A. representado por el Procurador D/ña. Mª José García Anguiano contra Ricardo Bonilla Sabio y Antonia Contreras Romero, acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencia de esta Juzgado:

Primera Subasta: El día 26 de abril de 1994 y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda Subasta: El día 25 de mayo de 1994 y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación.

Tercera Subasta: El día 24 de junio de 1994 y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

1. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente en el establecimiento al efecto una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta y el 20% del tipo de segunda, en tercera subasta.

2. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, en los casos en la Ley, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

3. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad, están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubran el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

5. Para el caso de que el bien que salen a subasta sea el derecho de traspaso de local de negocio, se hace saber que el rematante se obliga a mantener por lo menos durante un año el local destinado a la misma actividad que hoy tiene, y a no traspasarlo durante un año.

6. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.

FINCAS OBJETO DE SUBASTA

Urbana: Vivienda duplex o de dos plantas en construcción de Protección Oficial, Promoción Privada, sita en el Paraje las Lomas, término de Roquetas de Mar, señalada con el número seis sobre un grupo de ocho y un solar de ciento cincuenta y cuatro metros, sesenta y ocho decímetros y setenta y cinco centímetros cuadrados. Con un total de superficie construida entre ambas, de ciento diecinueve metros cinco decímetros cuadrados y útil ochenta y nueve metros ochenta y dos decímetros cuadrados. Finca registral número 17.301.

Ha sido valorada en siete millones quinientas mil pesetas.

Dado en Granada, siete de diciembre de mil novecientos

noventa y tres.- El Secretario.

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