Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 26/11/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BAEZA

ANUNCIO de bases.

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Bases para la convocatoria de una plaza de auxiliar administrativo, de funcionario del Ayuntamiento de Baeza, incluida en la oferta de empleo público de 1994.

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, mediante el sistema concurso-oposición, de una plaza vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, e incluida en la Oferta de Empleo Público.

Dicha plaza se integra en la Escala de Administración General, subescala Auxiliar, dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo D, pagas extraordinarias, trienios y demás complementos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, con edad de jubilación a los 65 años.

Segunda. Para tomar parte en las pruebas de acceso, será necesario reunir los siguientes requisitos:

1. Ser español/a.

2. Tener cumplidos 18 años y menos del tiempo necesario para poder alcanzar la jubilación.

3. Hallarse en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

4. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas.

5. No padecer enfermedad que impida el normal desarrollo del cargo.

6. No hallarse incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad de acuerdo con la legislación vigente.

Tercera. Presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en la oposición se dirigirán al Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y que se comprometen a prestar juramento o promesa en los términos legalmente establecidos con carácter previo a la toma de posesión, si resultase seleccionado.

Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado«. Las instancias también podrán presentarse en la forma determinada por los artículos 38 de la Ley de R.J.AA.PP. y P.A.C. de 26 de noviembre de 1993. Las instancias se presentarán acompañadas de fotocopias del DNI, del resguardo acreditativo del ingreso por concepto de derechos de examen cuya cuantía asciende a 3.000 pesetas, que serán satisfechas por los aspirantes en la tesorería de este Ayuntamiento o en cuenta de titularidad municipal en cualquiera de las entidades bancarias de esta población y de todos los documentos que justifiquen los méritos y titulaciones que haya de concurrir en la fase de concurso.

Cuarta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias el Alcalde procederá a la aprobación de la lista de admitidos/as y excluidos/as. En la resolución, se indicará el plazo de subsanación que se concede a los últimos, conforme se prevé en el artículo 71 de la Ley R.J.AA.PP. y P.A.C., designándose el Tribunal calificador, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos.

Quinta. Composición del Tribunal.

El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

-Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

-Vocales:

-El Concejal-Delegado de la Comisión de Personal.

-Un representante de la Comunidad Autónoma.

-Un representante del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

-Un representante de la Junta de Personal de este Ayuntamiento en representación de la sección sindical.

-Secretario: El de la Corporación o funcionario de carrera en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin, al menos, la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

Sexta. Ejercicios de la convocatoria.

Fase de oposición.

Los ejercicios de la convocatoria serán de carácter obligatorio y eliminatorios.

Ejercico primero. Consistirá en la realización de un test de aptitudes y conocimientos, ajustándose al temario que figura en el Anexo I, con una duración de 60 minutos. La calificación de esta prueba se realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:

Calificación = (A - E/n-1) x 10/N.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

n = Número de respuestas posibles en cada pregunta.

N = Número total de preguntas de la prueba.

Ejercicio segundo. Consistirá en el desarrollo escrito de un tema, durante

60 minutos, de entre los que figuran en el Anexo II.

Ejercicio tercero. Consistirá en la realización durante diez minutos, de un ejercicio práctico, consistente en mecanografiar un texto propuesto por el Tribunal, debiendo alcanzar 200 pulsaciones por minuto en máquinas normales y 250 pulsaciones en máquinas eléctricas.

Ejercicio cuarto. Consistirá en un supuesto práctico sobre localización de fincas en el catastro de rústica y urbana.

Concurso.

Para la resolución y calificación de esta fase, el Tribunal valorará:

Servicios: Cada año de servicios prestados a la Administración Local, en este tipo de puestos de trabajo, 1 por año o fracción superior a seis meses, limitándose a 3 puntos el máximo de puntuación por este concepto. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Séptima. Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición serán calificados por cada miembro del Tribunal otorgando una puntuación de 0 a 10 puntos.

La calificación de cada prueba será la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Tribunal, siendo eliminados/as los aspirantes que no alcancen una media de 5 puntos en cada una de ellas.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados/as por orden de puntuación, en la que constará la calificación obtenida en cada prueba, más la obtenida en la fase de concurso, siendo éste el resultado final, elevándose dicha relación a la autoridad competente a los efectos de que se formule la propuesta de nombramiento.

Octava. Presentación de documentos y nombramiento.

Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir de la fecha en que se haga pública la relación de aprobados/as, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en las pruebas selectivas se exigen en la convocatoria.

Los nombrados/as deberán tomar posesión en el plazo de 30 días, a contar del siguiente a la publicación del nombramiento en el BOE.

Novena. Incidencias y recursos.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presentasen y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden en la realización de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en estas bases. Contra las presentes bases, convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrá formular por los interesados las oportunas impugnaciones y recursos en los supuestos, forma y procedimiento regulado por la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de R.J.AA.PP. y P.A.C.

Décima. Derecho supletorio.

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley

30/92, de 26 de noviembre; Ley de Reforma para la Función Pública de 2 de agosto de 1984; Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, de 15 de enero de 1990; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Ley 7/85 de 2 de abril; Real Decreto-Legis-lativo 781/86 y demás normativa que le sea de aplicación.

Undécima. Impugnaciones.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados interponiendo recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En el supuesto de interponer el citado recurso, deberá remitir a este Ayuntamiento la comunicación previa determinada por el artículo 110.3 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre. Si en el plazo indicado, salvo caso de fuerza mayor, el opositor propuesto no presentara la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en los datos expuestos en la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición.

ANEXO I

Tema 1. La Constitución Española de 1978, significado y estructura, principios generales, reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. La organización Territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

Tema 4. La constitución de las Comunidades Autónomas. Competencias. Estatuto de Autonomía: Procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 5. El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Tema 6. El Procedimiento Administrativo: Su significado. Fases del Procedimiento Administrativo General.

Tema 7. La Administración Local. Concepto. Entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

Tema 8. El Municipio: Su concepto, organización municipal, competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La comisión de Gobierno.

Tema 9. Funcionamiento de los Organos Colegiados Locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificación de acuerdos.

Tema 10. Procedimiento Administrativo Local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos.

Tema 11. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. La Mutualidad Nacional de Administración Local.

ANEXO II

Tema 1. Normativa aplicable al IBI.

Tema 2. IBI. Naturaleza jurídica y Hecho Imponible.

Tema 3. IBI. Exenciones. Sujeto pasivo. Base Imponible. Gestión.

Tema 4. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Notificaciones y comunicaciones.

Tema 5. Recursos administrativos en la actual Ley 30/92.

Tema 6. Atención al público. Acogida e información al Administrado. Los servicios de información administrativa.

Tema 7. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo. Especial consideración al archivo de gestión.

Tema 8. Los sistemas de tratamientos de texto. W. Perfect.

Tema 9. Los sistemas de base de datos. D. Base.

Baeza, 21 de octubre de 1994.-El Alcalde.

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