Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 2/12/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 23 de noviembre de 1994, por la que se hace pública una ayuda económica complementaria a favor de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía para la construcción de treinta viviendas de protección oficial de régimen especial en venta en el municipio de Montilla (Córdoba).

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Ilmos. Sres.:

Por D. Enrique Cobo Fernández en representación de E.P.S.A. Empresa Pública de Suelo de Andalucía en Córdoba se solicita, al amparo del Decreto de la Junta de Andalucía 119/1992, de 7 de julio, una Ayuda Económica Complementaria a fondo perdido con destino a hacer posible la viabilidad económica de la actuación protegida «30 viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial en Venta en Montilla (Córdoba)«. Con fecha 22 de octubre de 1992 el expediente 14-1-0114/92 correspondiente a dicha actuación, obtuvo, de la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería deObras Públicas y Transportes, Calificación Provisional en el Régimen Especial en Venta contemplado en el Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre, con destino a viviendas cedidas en propiedad. Por parte del Promotor Público ha sido acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 36 del Decreto de la Junta de Andalucía

119/1992, de 7 de julio, y aportada en su momento la documentación a que se refiere el apartado 1 del artículo 37 del mismo texto legal. De conformidad con el artículo 35 del Decreto anteriormente aludido, la Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá subvencionar la actuación protegible de Régimen Especial en Venta a que se refiere la Sección2ª del CapítuloII, del Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre. En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se concede a la Empresa Pública del Suelo de Andalucía (E.P.S.A.) de Córdoba una subvención equivalente al 6% del módulo ponderado aplicable vigente en la fecha de Calificación Provisional, por cada metro cuadrado de superficie útil total de las viviendas de la citada promoción que no superan los 70 metros cuadrados de superficie útil y que asciende a un total de ocho millones novecientas treinta y tres mil cuarenta pesetas (8.933.040 ptas.).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará conforme al grado de ejecución de las obras con arreglo a los siguientes hitos y porcentajes, pudiéndose acumular dos o más libramientos en función del estado de las obras:

- 20% a la presentación de testimonio notarial de la escritura de préstamo hipotecario.

- 20% a la presentación de certificación del Director de la obra, con la conformidad de los Servicios Técnicosde la Delegación Provincial correspondiente de la terminación de la Estructura.

- 20% a la presentación de certificación del Director de la Obra, con la conformidad de los Servicios Técnicosde la Delegación Provincial correspondiente, de la terminación de albañilería y cubiertas.

- 15% a la presentación de certificación del Director de la Obra, con la conformidad de los Servicios Técnicosde la Delegación Provincial correspondiente de la terminación de yesos e instalaciones.

- 25% a la presentación de Certificación, emitida por el Secretario de la Delegación correspondiente con el VoBo del Delegado Provincial, de haber obtenido la calificación definitiva.

Tercero. Para el abono del último 25% del importe de la subvención será necesario acreditar, mediante certificación expedida por el órgano competente de la entidad perceptora, que los importes recibidos se han aplicado en su totalidad a la finalidad prevista en el Decreto 119/92.

Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para su ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 23 de noviembre de 1994

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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