Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 13/12/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

ORDEN de 25 de noviembre de 1994, por la que se concede el Título- Licencia de Agencia de Viajes Minorista a la entidad Fórum Tropic, SL, bajo la denominación de Viajes Fórum Tropic, con el código identificativo AN-18371-2.

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Por don Juan Arquelladas Ruiz y doña Corinne Renee Mignot, en nombre y representación de la Entidad «Fórum Tropic, S.L.« se ha solicitado de esta Consejería la concesión del Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista, de conformidad con el Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, y Orden Ministerial de 14 de abril de 1988, reguladores del ejercicio de las actividades propias de Agencias de Viajes, y vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, habiéndose aportado la documentación que acredita reunir los requisitos exigidos por las mencionadas disposiciones legales.

En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo4º del Real Decreto 271/1988, de

25 de marzo y en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.4 de la Ley 6/1983 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

DISPONGO

Conceder a la Entidad «Fórum Tropic, S.L.«, el Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista bajo la denominación de «Viajes Fórum Tropic«, con el Código Identificativo AN-18371-2 y sede social en Almuñécar (Granada), c/ Barranco, 2 Cotobro, pudiendo ejercer su actividad a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con sujeción a los preceptos de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988 y demás disposiciones aplicables.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 25 de noviembre de 1994

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Industria, Comercio y Turismo

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