Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 14/12/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 26 de octubre de 1994, por la que se convocan los premios Fundación Sevillana de Electricidad, para licenciados, ingenieros y arquitectos de las Universidades de Andalucía.

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Dentro de los programas conjuntos que la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía realiza con la Fundación Sevillana de Electricidad al amparo del Acuerdo Marco suscrito entre ambas Entidades, el

21 de noviembre de 1989, se ha decidido convocar de acuerdo con las bases que se incluyen en el Anexo a la presente Orden, unos Premios destinados a los alumnos que concluyen sus estudios en las Universidades de Andalucía dentro de cada curso académico.

Con ello se pretende intensificar la colaboración ya existente entre las Entidades convocantes, a la vez que se fomenta el estímulo al estudio, complementado, si el alumno seleccionado así lo desea, mediante un ciclo formativo en la Compañía Sevillana de Electricidad, adecuado a los estudios realizados y todo ello con el fin de elevar el nivel de preparación de todos los universitarios y universitarias que serán protagonistas fundamentales en el desarrollo integral de nuestra Comunidad Autónoma. En consecuencia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero: Convocar los Premios Fundación Sevillana de Electricidad, de acuerdo con las bases que se contienen en el Anexo a la presente Orden.

Segundo: Autorizar a la Dirección General de Universidades e Investigación, para adoptar las medidas precisas para el desarrollo de la presente Orden que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de octubre de 1994

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

ANEXO

BASES

Primera: Se convocan los Premios Fundación Sevillana de Electricidad.

Segunda: La convocatoria va destinada a los alumnos y alumnas que hayan obtenido la titulación universitaria de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero en el curso académico 1992/93, teniendo en cuenta que únicamente podrán acceder a los Premios quienes hayan cursado la totalidad de la carrera, o cuando menos los dos últimos años de la misma, en alguna de las Universidades de Andalucía.

Tercera: Se otorgarán dos tipos de premios.

a)Premios por Universidad.

Tendrán acceso a estos Premios los alumnos o alumnas que, a juicio del Jurado de Selección, se consideren los más destacados de cada Universidad, de entre los que culminen sus estudios en cada curso académico.

b)Premios por Area de Conocimiento.

Tendrán acceso a estos premios, los Licenciados, Ingenieros y Arquitectos de cada promoción que, a juicio del Jurado de Selección, hayan realizado, durante su permanencia en las Universidades de Andalucía, trabajos de relevante importancia en las siguientes Areas de Conocimiento:

-Humanidades.

-Ciencias.

-Técnicas.

-Sociales.

c)Los alumnos podrán optar simultáneamente a ambos tipos de premios, por Universidad y por Areas de Conocimiento, aunque el jurado otorgará de modo preferente el de mayor dotación económica, en el caso de que ambos premios coincidan en un mismo candidato.

Cuarta: Las cuantías de los Premios serán las siguientes:

1. Cinco premios, dotados con 250.000 pesetas cada uno, para los alumnos que accedan a los Premios por Universidad.

2.Cuatro premios, dotados con 500.000 pesetas cada uno, para los alumnos que accedan a una de las cuatro Areas de Conocimiento.

Quinta: Los Premios podrán declararse desiertos, en parte o en su totalidad, si a criterio del Jurado de Selección, los expedientes académicos y los curriculum de los alumnos solicitantes, no alcanzan el nivel científico adecuado.

Sexta: Para la adjudicación de los Premios, el Jurado de Selección establecerá un baremo que tendrá en cuenta: El expediente académico del solicitante y los méritos que cada alumno aporte como curriculum particular, consistentes en Trabajos, Seminarios, Cursillos, Publicaciones, Colaboraciones y cualesquiera otros que el Jurado de Selección considere de interés.

Séptima:

1. La Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y la Fundación Sevillana de Electricidad, designará de mutuo acuerdo, el Jurado de Selección.

2. La Dirección General de Universidades e Investigación o el Jurado de Selección podrá requerir de los solicitantes los documentos que se estimen procedentes.

Octava: Las decisiones de carácter científico del Jurado de Selección serán inapelables.

Novena:

1. Las solicitudes se ajustarán, en modelo normalizado, que estará a disposición de los interesados en los Rectorados de las Universidades de Andalucía, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, y en el Servicio de Información de la Consejería de Educación y Ciencia.

2. Las solicitudes, dirigidas al Director General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia podrán presentarse en el Registro General de dicha Consejería, en Avda. República Argentina, núm.

21-B, 3ª planta, Código Postal 41011 Sevilla. En la Consejería de Presidencia, en el Registro General de las Universidades de Andalucía, y Ayuntamientos, a tenor de lo previsto en el art. 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma (Ley 6/83, de 21 de julio, BOJA núm.

60 de 29 de julio) o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 34 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Décima: Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a)Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del solicitante.

b)Original o fotocopia compulsada de la Certificación Académica personal de las calificaciones obtenidas por el solicitante en los estudios universitarios.

c)Fotocopia compulsada del título académico de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o documento que acredite la obtención del mismo o tenerlo solicitado.

d)Curriculum acompañado de los documentos que acredite lo manifestado, debidamente compulsados.

e)Cualesquiera otra aportación que el solicitante considere de interés.

Undécima: El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de diciembre de 1994.

Duodécima: El fallo del Jurado de Selección se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Decimotercera:

1. Los alumnos o alumnas que hayan alcanzado alguno de los Premios podrán solicitar por escrito, si así lo desean, un período de formación en la Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., dentro de los programas relacionados con los estudios cursados por el premiado.

2. La realización del período de formación no supondrá, nunca, vinculación o relación laboral con la Compañía Sevillana de Electricidad, S.A; la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, la Universidad o el Centro en el que el galardonado realice el período formativo al que se hace mención en el apartado anterior.

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