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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada la notificación personal a la interesada, de la Resolución de esta Presidencia de 22.2.94 recaída en el expediente sancionador núm. 507/93, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en el domicilio de aquélla, dándose a conocer la parte resolutoria que literalmente dice:
«He resuelto: Imponer al taller mecánico "Amyza Motor, S.L.``, sanción consistente en multa de 50.000 ptas., como responsable de infracción administrativa a la Ley 20/86, de 14 de mayo, básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, tipificada en el artículo 50.3.b) del Real Decreto 833/88, de20 de julio, que la desarrolla, y sancionada conforme a los artículos 17.2.c) de la referida Ley y 51.c) de dicho Real Decreto. Contra la presente Resolución puede interponer Recurso Ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación«.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 21 de noviembre de 1994.-El Presidente, José Luis Blanco Romero.
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