Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 29/12/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 14 de diciembre de 1994, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede a la Asociación de Amigos del Parque Natural Sierra de Grazalema, de Grazalema, una subvención que se cita.

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Vista la solicitud presentada en esta Delegación por la entidad sin ánimo de lucro denominada Asociación de Amigos del Parque Natural «Sierra de Grazalema« de Grazalema, al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Empresas y entidades sin ánimo de lucro cuya actividad esté relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación.

Resultando que los motivos expuestos en dicha solicitud se adecuan a los objetivos establecidos en el referido Decreto 117/89, y contando con dotación presupuestaria.

Considerando que, por virtud de lo establecido en la Orden de 11 de marzo de

1992, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones que se establecen en el Decreto 117/89, y teniendo en cuenta el artículo 21.5 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del correspondiente acuerdo de subvención. Y en uso de las facultades que el artículo único de la citada Orden de 11 de marzo de 1992 me atribuye,

HE RESUELTO

1º Conceder a la Asociación de Amigos del Parque Natural «Sierra de Grazalema« de Grazalema, una subvención por importe de 359.200 ptas. para la Publicación de las ponencias y conclusiones de las primeras jornadas de ganadería y naturaleza.

2º Notificar su otorgamiento a la citada entidad.

3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4º Requerir a la entidad beneficiaria la justificación del gasto realizado en el plazo de 1 mes, mediante la aportación de las correspondientes certificaciones relativas al asiento en contabilidad y el de la realización delservicio al cual va destinada la subvención (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

5º Contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el mismo día de la notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, todo ello a tenor de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 14 de diciembre de 1994.-El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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