Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 29/12/1994

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA

ANUNCIO de bases.

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El Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Granada, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 5 del RD 896/91 ha resuelto:

Primero: Convocar las pruebas selectivas para la provisión de cuarenta y siete plazas de funcionarios, Asistentes Sociales, de conformidad con las Bases aprobadas en sesión plenaria de fecha 21 de octubre de 1994, y que se adjuntan como Anexo.

Segundo: Designar como miembros del Tribunal Seleccionador (categoría segunda art. 33.1 RD 236/88) para dichas pruebas a las personas que a continuación se relacionan:

Presidente: Dª Pilar Gualda Vargas, Diputada-Delegada del Area de Acción Social como titular y D. José Luis Rubio Yáñez, Diputado-Delegado del Area de Cultura y Juventud como suplente.

Vocales: 1. En representación de la Junta de Andalucía, Dª Carmen Romero Martín como titular y Dª Encarnación García Reyes como suplente.

2.En representación de la Excma. Diputación Provincial de Granada, D. Juan Francisco Delgado Morales como titular y Dª Ana Lorente Martínez como suplente.

3.En representación del profesorado, Dª Blanca Girela Rejón como titular y D. Rafael Barranco Vela como suplente.

4.En representación de la Junta de Personal, D. Luis Góngora Yudes como titular y Dª Teresa Villasante Fernández como suplente. Secretario: Dª María García González como titular y Dª Teresa Olmedo Ruiz como suplente.

Lo mandó y firma el Excmo. Sr. Presidente de la Corporación de lo que yo, como Secretario General, certifico.

Granada, 2 de noviembre de 1994

ANEXO

CONCURSO-OPOSICION LIBRE

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Granada en sesión celebrada el día 21 de octubre de 1994 ha aprobado las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad de cuarenta y siete plazas de funcionarios, Asistentes Sociales, mediante el sistema de Concurso-Oposición libre, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 1994.

BASES

1.Naturaleza y características de las plazas a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1.El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre, de cuarenta y siete plazas de Asistentes Sociales, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de

1994, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Medios y dotada con el sueldo correspondiente al grupo B, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2.Al presente Concurso-Oposición le será de aplicación la Ley 30/84 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública modificada por Ley 23/88 de 28 de julio, la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, R.D.L. 781/86 de 18 de abril, Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, R.D. 896/91 de 7 de junio, R.D. 2223/84 de 19 de diciembre y las bases de la presente convocatoria.

2.Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1.Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a)Ser español.

b)Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad. El exceso del límite máximo de edad señalado podrá compensarse con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local, cualquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.

c)Estar en posesión del título de Diplomado en Trabajo Social o Asistente Social o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

d)No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e)No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f)No estar incurso en causa vigente de incapacidad de las establecidas en el art. 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 1952.

3.Instancias y documentos a presentar.

3.1.Los aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se publica en el Anexo II de la presente convocatoria en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, sita en Avda. del Sur, 3, Complejo Administrativo «La Caleta«, 1ª Planta, de lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábados de 9 a 13 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2.La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr.Presidente de la Corporación bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la BaseII de la presente convocatoria, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias con la excepción del título académico exigido en la base 2.1.c) o documento oficial de la solicitud del mismo, que deberá presentarse focotopia junto con la instancia, y además una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

3.3.También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4.Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5.Los derechos de examen serán de 2.500 ptas. que se ingresarán en la Tesorería Provincial sita en la Avda. del Sur, 3, Complejo Administrativo «La Caleta« o bien mediante giro postal o telegráfico o mediante transferencia dirigida a la misma, de conformidad con el art.38.6 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre.

A la instancia habrá de adjuntarse justificante del ingreso indicado expedido por el órgano competente.

3.6.Los aspirantes que pretendan puntuar en la Fase de Concurso, presentarán junto a las instancias antes señaladas los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. En la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.

3.7.Los documentos presentados deberán ser originales o bien fotocopias compulsadas por el organismo público competente previa exhibición del original.

3.8.Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

4.Admisión de aspirantes.

4.1.Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Presidente de la Corporación dictará Resolución a propuesta del Tribunal seleccionador declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

4.2.En dicha resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos, que en los términos del art. 71 de la Ley 30/92 se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.

La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría segunda de las recogidas en el art. 33.1 del R.D. 236/88 de 4 de marzo sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Como titular el Diputado Provincial designado por la Presidencia y como suplente el Diputado Provincial designado también por la Presidencia de esta Corporación.

Vocales: 1. Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Junta de Andalucía en representación de ésta.

2.Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Excma. Diputación Provincial de Granada en representación de ésta.

3.Un miembro titular y otro suplente en representación del Profesorado.

4.Un miembro titular y otro suplente en representación de la Junta de Personal.

Secretario: Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Excma. Diputación Provincial de Granada.

5.2.Le corresponde al tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6ª de la presente convocatoria.

5.3.El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4.El tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5.Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el art.28 de la Ley 30/92 o se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6.Podrá cualquier interesado promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7.Los miembros del tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8.El Presidente del tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9.Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal sin apelación alguna.

6. Procedimiento de selección.

6.1.El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2.Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3.Antes de la celebración del primer ejercicio se reunirá el Tribunal procediéndose a valorar los méritos y servicios de la fase de concurso, publicándose en el Tablón de Anuncios de la Corporación (Complejo Administrativo La Caleta), el resultado de ésta con una antelación de al menos 48 horas a la realización del primer ejercicio.

6.4.La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.5.La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas en el tablón correspondiente ubicado en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior.

6.6.La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra «CH«, de conformidad con el sorteo público celebrado el día 30 de junio de 1994 previo anuncio publicado en el BOE núm.149 de fecha 23 de junio de 1994.

6.7.Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.8.En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.9.Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, pasaporte o carnet de conducir.

6.10. Valoración de Méritos. Fase de Concurso.

Méritos Profesionales.

a)Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,05 puntos.

b)Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán ser suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el INEM y certificado de cotizaciones a la Seguridad Social o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria: 0,02 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza que se opta e impartidos por instituciones de carácter público.

a) Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10puntos. De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20puntos. De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25puntos. De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50puntos. De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

b) Por la participación como Director, Coordinador o Ponente: 0,20 puntos. La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente o como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.

Méritos específicos.

Por cada mes completo de servicios prestados en la Excma. Diputación Provincial de Granada en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditada mediante certificación expedida por la Secretaría General: 0,15 puntos.

Los méritos valorados como específicos en este apartado no pueden ser objeto de nueva valoración en el apartado de méritos profesionales en Administración Pública.

Aplicación del Concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de Oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso para una puntuación máxima de 30 puntos en la fase de oposición será la siguiente:

Méritos profesionales: 3 puntos.

Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 1 punto.

Méritos específicos: 6 puntos.

Para puntuaciones inferiores a 30 puntos otorgadas en la fase de oposición, se disminuirá proporcionalmente el número de puntos otorgados en la fase de concurso.

6.11. Fase de Oposición: Constará de los siguientes ejercicios, todos eliminatorios:

a) Primer ejercicio.

De carácter obligatorio para todos los aspirantes y consistirá en realizar por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos temas concretos extraídos al azar de las materias incluidas en el BloqueII, uno del grupo1 y otro del grupo2, establecidas en el Anexo I, siendo leídos obligatoriamente y con posterioridad por los candidatos en sesión pública salvo caso de fuerza mayor, previa justificación en cuyo caso será leído por el tribunal. Concluida la lectura de los temas, el tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias objeto de las mismas y pedirle cualquier otra explicación complementaria.

El diálogo podrá tener una duración máxima de 15 minutos.

b) Segundo ejercicio.

De carácter igualmente obligatorio, se desarrollará por escrito, durante un período máximo de hora y media y consistirá en la resolución de un supuesto práctico fijado por el tribunal inmediatamente antes del comienzo de los ejercicios sobre materias objeto de la plaza que se convoca.

c) Tercer ejercicio.

De carácter igualmente obligatorio y para todos los aspirantes y consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de una hora, un tema concreto extraído al azar de las materias incluidas en el BloqueI del AnexoI, siendo leído obligatoriamente y con posterioridad por los candidatos en sesión pública, salvo caso de fuerza mayor, previa justificación, en cuyo caso será leído por el tribunal.

Los ejercicios de la oposición se calificarán en la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

b) Segundo ejercicio: Se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

c) Tercer ejercicio: Se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

6.12. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de oposición y de la del Concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio.

7. Listas de aprobados.

7.1.La relación definitiva de aprobados, que el tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Diputación, será elevada al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera.

7.2.Los opositores que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.3.El tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentación de documentos.

8.1.Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Secretaría General de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.

8.2.Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3.Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos, estarán dispensados de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

8.4.Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la presente convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.

9.1.Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente nombrará funcionarios de carrera a los aprobados en el proceso selectivo.

9.2.El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

9.3.De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

10. Base Final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992 de

26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Bloque I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales, características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de leyes.

Tema 4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.

Tema 6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 7. Organización y competencias municipales/provinciales.

Tema 8. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 12. El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto local.

Bloque II

Grupo 1

Tema 1. Los Servicios Sociales en España. Referencia Constitucional. Competencias de las distintas Administraciones Públicas en materia de Servicios Sociales. Visión general.

Tema 2. El sistema público de Servicios Sociales. El Plan Concertado para las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales. Concepto y desarrollo.

Tema 3. Los Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley de Servicios Sociales de Andalucía y su desarrollo. El Plan Andaluz de Servicios Sociales.

Tema 4. Los Servicios Sociales en la Administración Local. Competencias. Organización de los Servicios Sociales en la Diputación Provincial de Granada.

Tema 5. Regulación legal de las relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales de su territorio.

Tema 6. Los Servicios Sociales Comunitarios. Concepto. Objetivos. Funciones. Servicios. Los Centros de Servicios Sociales. El Plan Provincial de Servicios Sociales Comunitarios. El papel de los municipios en el plan provincial. Articulación Organizativa de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 7. Los Servicios Sociales Especializados. Concepto. Funciones. Tipología.

Tema 8. La participación ciudadana en los Centros de Servicios Sociales Comunitarios. Objetivos y características. Legislación española en materia de participación ciudadana. Constitución, Estatutos de Autonomía, Leyes de Servicios Sociales. Consejos sectoriales. Iniciativa popular. Experiencias de participación ciudadana en la Provincia.

Tema 9. La Política Social Europea en el marco del tratado de Maastrich. La Política Social en el Programa de Convergencia Europea.

Tema 10. Programación, planificación, gestión y evaluación en Servicios Sociales. Evaluación de la eficacia y eficiencia. Indicadores y medidas de calidad en Servicios Sociales.

Tema 11. El trabajo interdisciplinar y el trabajo en equipo en los Centros de Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 12. Las necesidades Sociales en la provincia de Granada. Análisis y abordaje.

Tema 13. El Programa de información y orientación. Objetivos, características y funciones. Procedimientos técnico-administrativos. Evaluación del Programa. Evaluación de la implantación y puesta en marcha del Programa en la provincia. La Guía de recursos sociales de la provincia de Granada.

Tema 14. El Programa provincial de ayuda a domicilio. Definición. Objetivos. Funciones y características. Modelos de gestión. Ayudas técnicas. El proyecto de fomento de la participación, el voluntariado y la autoayuda. La eliminación de Barreras y el acceso al entorno.

Tema 15. El acceso a la prestación de ayuda a domicilio: Procedimientos técnico-administrativos. Baremos de acceso. Características y funciones. Instrumentos técnicos para la normalización y homologación del Programa en la Provincia. Evaluación de la implantación y desarrollo del Programa. Eficacia, eficiencia y calidad.

Tema 16. El Programa provincial de intervención comunitaria con la infancia: Las intervenciones integrales con la infancia. Definición. Objetivos. Funciones y características. Intervenciones individuales y familiares. Intervenciones sociales, psicológicas y educativas. Las ayudas económicas familiares. Procedimientos técnico-administrativos del programa para el acceso de los usuarios a las intervenciones individuales y familiares. Los instrumentos técnicos del Programa provincial de intervención comunitaria con la infancia: Ficha técnica de valoración de necesidades. Informe de necesidad y baremos de acceso a las intervenciones. Proyectos de intervención.

Tema 17. Actividades preventivas y asistenciales en el Programa provincial de intervención comunitaria con la infancia: Protocolos de coordinación entre los Servicios Sociales Comunitarios, Servicios sociales especializados y otros sistemas de protección social para la intervención comunitaria con la infancia. Otros recursos para la intervención comunitaria con la infancia: Guarderías, escuelas infantiles, escuelas de padres, madres, ludotecas, etc. La evaluación del Programa provincial de intervención comunitaria con la infancia.

Tema 18. El Programa provincial de emergencia social. Concepto y objetivos. Procedimientos técnico-administrativos. Las intervenciones técnicas y económicas en el Programa. Evaluación del Programa.

Tema 19. El Programa de informatización de los Servicios Sociales Comunitarios en la provincia de Granada: Objetivos, implantación y desarrollo. La informática y los Servicios Sociales. La aplicación informática para la gestión integral de los Servicios Sociales de la Diputación de Granada. (GRASS).

Tema 20. La evaluación en los Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 21. Los programas de integración e inserción social en los Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 22. La prevención en los Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 23. La coordinación interinstitucional en las políticas de bienestar social. Objetivos. Fórmulas organizativas que facilitan la coordinación interinstitucional. Los protocolos de coordinación de la Diputación Provincial de Granada con otros recursos de protección social.

Tema 24. Metodología de la intervención social. Métodos y técnicas de intervención social.

Tema 25. La calidad total en los Servicios Sociales. El papel de los usuarios en la intervención social.

Tema 26. La investigación en la intervención social. Conceptos. Técnicas y métodos.

Grupo 2

Tema 1. El rol del trabajador social en los Servicios Sociales Comunitarios y en los programas normalizados de la Diputación de Granada. El papel del trabajador social en el equipo de centro de Servicios Sociales Comunitarios. El trabajo interdisciplinar y el trabajador social.

Tema 2. Las técnicas en el trabajo social: Cuestiones generales. La entrevista en el trabajo social. La observación. El informe. La ficha social. El proceso de derivación en el trabajo social. La evaluación.

Tema 3. El papel del trabajador social en el diseño y en la elaboración de programas de Servicios Sociales.

Tema 4. El diagnóstico social. Conocimiento y análisis de la problemática social. El pronóstico y el juicio profesional.

Tema 5. Técnicas de dinámica de grupos. La animación y dirección de grupos en la comunidad.

Tema 6. El trabajo social en el territorio. Niveles en la coordinación de recursos. La movilización de recursos comunitarios en los municipios de la provincia de Granada.

Tema 7. Inmigración y trabajo social. Problemática y alternativas de intervención. Refugiados y asilados. Transeúntes y marginados sin hogar.

Tema 8. Recursos de protección social a las personas mayores. Pensiones no contributivas. La ley de pensiones. Alternativas residenciales y extrarresidenciales.

Tema 9. Las acciones comunitarias para la promoción de personas mayores. Recursos y/o actividades socioculturales y de animación para las personas mayores en la provincia de Granada.

Tema 10. El trabajo social con familia e infancia. Necesidades y recursos. Técnicas de intervención familiar. Modelos de intervención familiar.

Tema 11. El trabajo social con pesonas con minusvalía. La integración social del minusválido. La LISMI. Alternativa a la institucionalización.

Tema 12. Técnicas de supervisión y el seguimiento del trabajo social en los programas de los Servicios Sociales Comunitarios. La formación continua en el trabajo social.

Tema 13. La promoción del voluntariado y la autoayuda y el trabajo social. Concepto. Método. Acciones a desarrollar.

Tema 14. La intervención comunitaria en personas con problemas de adicción. El trabajo social con los drogodependientes en el marco de los Servicios Sociales Comunitarios. El plan nacional de drogas. Recursos para la atención al drogodependiente en Andalucía y en la provincia de Granada.

Tema 15. La intervención comunitaria y el trabajo social para favorecer acciones de igualdad entre sexos. El plan de igualdad de oportunidades de la mujer. Recursos para promover la igualdad de la mujer en Andalucía y en la provincia de Granada.

Tema 16. La intervención comunitaria y el trabajador social con minorías étnicas. Problemática y abordaje en la provincia de Granada.

Tema 17. Metodología del trabajo social.

Tema 18. Problemática social de los jóvenes. El trabajo social y la intervención comunitaria con jóvenes.

Tema 19. La formación y el empleo como pilar básico de las intervenciones sociales. Alternativas de empleo. El programa de erradicación de la marginación y de solidaridad de los Andaluces.

Tema 20. La Ley orgánica general del sistema educativo. El sistema educativo en Andalucía. Recursos de apoyo y orientación escolar en Andalucía.

Tema 21. Recursos del sistema sanitario. Organización general del sistema sanitario. Los centros de salud. El papel del trabajador social en los centros de salud. La acción comunitaria coordinada entre los recursos de salud y los Servicios Sociales Comunitarios. Los equipos de salud mental. El trabajador social en los equipos de salud mental.

Tema 22. El papel del trabajador social en los programas normalizados de los Servicios Sociales Comunitarios.

Tema 23. El trabajo social en el medio rural. Las intervenciones integradas en el medio rural. Acciones que favorecen el desarrollo comunitario en el medio rural. Dinamización del medio rural en la provincia de Granada.

Ver Anexo II en página 13.550 del BOJA núm. 199 de 16.12.94

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