Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 26/2/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 3 de febrero de 1994, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la delimitación del entorno afectado por la declaración del Castillo de Aracena (Huelva) , como bien de interés cultural.

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El Castillo de Aracena (Huelva), resultó afectado por el Decreto de 22 de abril de 1949 sobre protección de los Castillos Españoles (BOE núm. 125, de 5 de mayo de 1949) pasando a ser considerado Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento en virtud de la Disposición Adicional Segunda de la vigente Ley del Patrimono Histórico Español.

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico y siendo necesario establecer un entorno homogéneo de protección.

Esta Dirección General, ha resuelto:

1º. Tener por incoado expediente para la delimitación del entorno afectado por la declaración del Castillo de Aracena (Huelva) como Bien de Interés Cultural, cuya delimitación literal y gráfica figuran en el anexo a la presente disposición. En base al mantenimiento de un entorno homogéneo se ha delimitado la zona afectada por esta incoación, cuyos límites figuran, asimismo, en el anexo de la presente disposición.

2º. Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3º. Hacer saber al Ayuntamiento de Aracena (Huelva) que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

4º. Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se hace públco a los efectos oportunos.

Sevilla, 3 de febrero de 1994.- El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.

ANEXO

DELIMITACION LITERAL DEL ENTORNO:

El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Monumento del Castillo de Aracena (Huelva), comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados comprendidos dentro de la línea de delimitación que figura en el plano de «Delimitación del B.I.C y su entorno¯ y cuya delimitación literal es la siguiente: El punto de partida de la delimitación comienza en la intersección entre el eje de la C/. Pozo la Nieve con la carretera de Sevilla a Huelva.

Continúa por esta carretera hasta su intersección con la prolongación de la C/ Rodeo; prosiguiendo hacia el N. por esta misma calle hasta su unión con las traseras de las edificaciones de la alineación O. de la Plaza de Sto. Domingo. Desde este punto, continúa por la trasera de los inmuebles números 14 y 15 de la C/. Boleta hasta su encuentro con el eje de la C/. Boleta.

Continúa por el eje de la C/. Boleta, prosigue por el eje de la C/. Cilla hasta su encuentro con la C/. Villavieja, continuando por el eje de esta última calle hasta el cruce con la C/. Valle, siguiendo hasta su intersección con el eje de la C/. Mejías. Sigue por el eje de la C/. Mejías hasta su intersección con la C/. Pedrinazzi, continúa por dicha calle hasta su cruce con el eje de la C/. Pozo la Nieve.

Prosigue por esta calle hasta su intersección con la caretera Sevilla a Huelva, siendo éste el inicio de la delimitación.

Delimitación gráfica [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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