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El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el
22 de diciembre de 1993, aprobó una propuesta cuya parte dispositiva es del siguiente tenar literal
Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la UA-TO-7 Modecar, promovido por la empresa Agromán, S.A. y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental can el núm. 5258/92-4 haciéndose constar expresamente que, dada el carácter; de edificación plurifamiliar debe prevalecer preceptivamente el contenido de las Ordenanzas del Plan General, art.
10.62 referente a ocupación bajo rasante en "Zona Suburbana", sobre lo indicada en la Memoria del documento sobre ocupación de rasante.
Segundo: Publicar el anterior acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de a Provincia.
Tercero. Los gastos derivados de las publicaciones referidas serán sufragados por Agromán, S.A. promotora del Estudio de Detalle.
Contra dicho acuerdo, definitivo en vía administrativa podrá interponerse recurso de reposición ante la propia; Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial¯ de la provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2. de la vigente Ley de la jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 52 de la Ley de Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985.
También podrá interponerse contra dicha resolución recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente, dentro del término de dos meses siguientes a la notificación del acuerdo que recaiga resolutorio del recurso de reposición y, si no fuese adoptado tal acuerdo, podrá interponerse recurso Contencioso-administrativo dentro del año siguiente a la fecha en que se presentara el recurso de reposición, según lo dispuesto en el art. 58 de la citada Ley de lo Contencioso-Administrativo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 29 de diciembre de 1993.- El Secretario General, P.O. Oficial Mayor.
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