Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 12/3/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE

ANUNCIO de Bases

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Bases de la Convocatoria que han de regir para la provisión mediante concurso libre de una plaza de la plantilla presupuestaria de Funcionario de este Ayuntamiento.

Primero. Objeto. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad mediante concurso libre de la siguiente plaza y características:

Número: 1.

Grupo: E.

Escala: Administración General.

Subescala: Subalterna.

Categoría: Subalterno.

Título exigido: Estudios Primarios.

Segundo. Derecho y deberes. Quien obtenga esta plaza, tendrá los derechos y deberes inherentes a la misma, como Funcionario de la Administración Local y los determinados con carácter general o especial en el Ordenamiento Jurídico Local.

Tercero. Condiciones de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplido 18 años en que termine el plazo de presentación de solicitudes y no exceder en que falte menos de 10 años para la jubilación forzosa. A los efectos de la edad máxima para el ingreso se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local, cualquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

f) Estar en posesión de la titulación requerida.

Cuarto. Instancias. Los aspirantes que deseen tomar parte en el Concurso deberán hacerlo constar en instancia en la que manifiesten reunir todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base anterior. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, en el BOE, o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 (Ley 30/92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A la instancia deberá acompañarse fotografía tamaño carnet, fotocopia del DNI y justificante del pago de los derechos de examen, que se establecen en 1.000 ptas.

Quinto. Admisión de los aspirantes. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución en el plazo máximo de 30 días, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en el BOP y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento concediendo un plazo de 10 días hábiles, a efectos de reclamación, las que de presentarse, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva, que será, asimismo, hecha pública de idéntica forma.

Sexto. Tribunal calificador. El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El Secretario o funcionario en quien delegue.

Vocales: Un representante designado por la Consejería de Gobernación; dos Concejales del Ilmo. Ayuntamiento designados por la Comisión Informativa de Personal, y un representante sindical del personal Funcionario.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la existencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesario siempre la presencia del Presidente y del Secretario, y sus decisiones se adoptarán por mayoría.

Séptimo. Comienzo y desarrollo del concurso. Cada aspirante al presentar su instancia acompañará justificación documental de los méritos que concurran. Dichos documentos deberán presentarse, originales o fotocopias, debidamente compulsadas, sin cuyo requisito, que no se considera subsanable, el Tribunal no las tomará en consideración.

Se valorarán los servicios prestados como funcionarios de carrera, interino o en régimen laboral, computándose para cada aspirante hasta el momento de presentación de instancias:

Servicio prestado al Ilmo. Ayuntamiento de Ayamonte en puestos de trabajos igual al convocado, por cada año completo, 0,70 puntos hasta un máximo de

4,50 puntos, o en aquellos otros similares (agente notificador, o auxiliar de policía).

Servicios prestados a otras Administraciones Públicas, por cada año completo,

0,20 puntos, con un máximo total de 2 puntos, en las mismas categorías que las plazas convocadas.

Por trabajo desarrollado en la empresa privada en las mismas categorías que la plaza convocada, 0,10 puntos, por cada mes, hasta un máximo de 1 punto.

Por asistencia a cursillos, jornadas, conferencias, etc., que a juicio del Tribunal sean relevantes, en relación con la plaza a proveer, 0,10 puntos hasta un máximo de 0,50 puntos.

El Tribunal se reunirá el día en que se fije la resolución de la Alcaldía.

Una vez haya quedado válidamente constituido el Tribunal, procederá a puntuar a cada aspirante según los méritos alegados, previa comprobación de que la documentación acreditativa de los mismos reúne los requisitos exigidos por las presentes bases.

Si durante el desarrollo del proceso selectivo se observare la vulneración de las bases de convocatoria o de cualquier otra anomalía, los concursantes podrán reclamar del Tribunal en el mismo día de la infracción o dentro del siguiente hábil. La Corporación resolverá y contra su acuerdo resolutorio podrán los interesados ejercitar ante la misma el recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación.

Octavo. Calificación final. Será la resultante de sumar para cada aspirante los puntos que se le conceda por cada uno de los méritos alegados.

Noveno. Publicidad de los resultados. Una vez valorados por el Tribunal los méritos aportados por los concurrentes, el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial los nombres de los candidatos seleccionados y lo elevarán a la Autoridad competente. En todo caso, el número de seleccionados no podrá ser superior al de las plazas convocadas, bajo sanción de nulidad.

La resolución del Tribunal vincula a la Administración sin perjuicio de que esta pueda proceder a su revisión.

Décimo. Presentación de documentos. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en la convocatoria dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que se haga pública la relación de seleccionados.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo únicamente presentar certificación del órgano correspondiente acreditando su condición y demás circunstancias que conste en el expediente personal.

Décimo primero. Toma de posesión. Concluido el proceso selectivo, el aspirante que hubiese superado las pruebas, será nombrado Funcionario de carrera. El nombramiento deberá publicarse en el BOE.

El Funcionario tomará posesión en el plazo de 30 días de la notificación individual del acuerdo del nombramiento.

Décimo segundo. Norma final. La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Ayamonte, 17 de enero de 1994

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