Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En virtud de lo dispuesto en el artículo 18.5 de la Ley 4/1992 de 30 de diciembre de presupuesto de la Comunidad Autónoma se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las subvenciones personales reguladas por el Decreto 169/89 de 11 de julio, de adquirentes de Viviendas de Protección Oficial de Promoción Privada y Viviendas Usadas, concedidas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Málaga, 1 de marzo de 1994.- El Delegado, Vicente Seguí Pérez.
Descargar PDF