Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 18/3/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 30/1994, de 8 de febrero, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Zalamea la Real (Huelva) para adaptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal.

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El Ayuntamiento de Zalamea la Real (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal, a fin de perpetuar en ellos los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, y con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 4 de junio de 1992, elevó a esta Consejería de Gobernación, para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y memoria descriptiva de los mismos.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley de Bases del Régimen Local y en los artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, y con el informe preceptivo emitido por la Real Academia de la Historia, en sesión celebrada el día 12 de noviembre de

1993.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía, confiere competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Administración Local.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo

26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de febrero de 1994,

D I S P O N G O

Artículo Unico. Se autoriza al Ilmo. Ayuntamiento de Zalamea la Real (Huelva), para adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo de gules, un rollo de justicia de oro, acompañado de las letras Z L también de oro. El escudo timbrado con la Corona Real española.

Bandera en paño rojo carmesí, de proporciones 2/3 una cruz de color amarillo, de borde a borde, cuya anchura es la cuarta parte que la del paño; en su centro, se sobrepone el escudo de armas municipal timbrado.

Sevilla, 8 de febrero, de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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