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Vista la propuesto de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba y en uso de los facultades que tengo atribuidas por el Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a.continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
- Empresa Manuel Calvente Tinahones. Montoro (Córdoba).
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
- Billete Ordinario 65 ptas.
- Billete Pensionistas 50 ptas.
- Billete Huertos Familiares 125 ptas.
- Billete Pensionista Huertos Familiares 75 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 3 de marzo de 1994
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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