Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 13/4/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 16 de marzo de 1994, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Jaén con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al Plan de Empleo Rural 1993.

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Determinada por Decreto 81/1993, de 29 de junio, la financiación por la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1993, contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Plan de Empleo Rural, la Diputación Provincial de Jaén ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales, as i como con el suscrito entre la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo 2.º de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4.º del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre y 6/1990, de 29 de diciembre, así como la Ley 4/1992, de 30 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 81/1993, de 29 de junio, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito-Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Plan de Empleo Rural

1993,

DISPONGO

Primero

Financiar los gastos que en concepto de amortización de capital e intereses tiene que abonar la Diputación Provincial de Jaén al Banco de Crédito Local por la operación de crédito con dicha Entidad concertada para la ejecución de los proyectos de obras de las Corporaciones Locales que a continuación se citan y por la cuantía indicada:

CORPORACION APORTACION APORTACION CAPITAL SUBV. LOCAL INEM DIP.PROV. JUNTA ANDAL.

ALCALA LA REAL 5.385.174 2.692.587 2.091.063 ANDUJAR 9.500.000 4.750.000 3.688.850 BAEZA 5.350.000 2.675.000 2.077.405 CAMPILLA DE ARENAS 1.000.000 500.000 388.300 CASTILLO DE LOCUBIN 1.000.000 500.000 388.300 DIPUTACION PROVINCIAL 10.536.070 5.268.035 4.091.155 ESPELUY 500.000 250.000 194.150 GUARROMAN 3.000.000 1.498.400 1.163.657 IBROS 2.200.000 1.100.000 854.260 LARVA 2.500.000 1.250.000 970.750 LOPERA 4.400.000 2.200.000 1.708.520 SABIOTE 4.000.000 2.000.000 1.553.200 SORIHUELA DE GUADALIMAR 2.264.151 1.132.076 879.170 TORRES 11.000.000 5.500.000 4.271.300 UBEDA 3.400.000 1.700.000 1.320.220 VILCHES 6.000.000 3.000.000 2.329.800 SANTIAGO PONTONES 17.000.000 8.500.000 6.601.100

TOTAL 89.035.395 44.516.098 34.571.200

SEGUNDO

Los desajustes que se produjeren por la aprobación parcial de estos proyectos municipales, quedarán normalizados al realizarse por la Diputación Provincial la valoración definitiva a que hace referencia el artículo 8? del Decreto 81/1993, de 29 de Junio.

TERCERO

Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su traslado a la Excma Diputación Provincial

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Segundo

Los desajustes que se produjeren por la aprobación parcial de estos proyectos municipales, quedarán normalizados al realizarse por la Diputación Provincial la valoración definitiva a que hace referencia el artículo 8.º del Decreto

81/1993, de 29 de junio.

Tercero

Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su traslado a la Excma. Diputación Provincial de Jaén y al Banco de Crédito Local, a las efectos pertinentes.

Sevilla, 16 de marzo de 1994

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS Consejero de Gobernación

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