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Por Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda, se pone en conocimiento de la Empresa Aerohíspalis, S.L., titular del expediente CO/0328/P08, de Incentivos Económicos Regionales, con domicilio para notificaciones en Sevilla, c/ Arroyo nº 79 e inversión a realizar en Fuente Obejuna (Córdoba). En cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto, para que sirva de notificación de resolución Individual Desestimatoria.
«Mediante Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 15.7.93, ha sido adoptada la siguiente resolución, en relación con el expediente arriba referenciado, incoado en solicitud de incentivos regionales:
Denegado por no colaborar al cumplimiento de los objetivos fijados en el artículo 4 del Real Decreto 652/1988, de 24 de junio.
Lo que se comunica en cumplimiento de las disposiciones vigentes, que dictan normas para la tramitación y gestión de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre. Asimismo le significo que, contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de reposición ante el Excelentísimo Señor Ministro de Economía y Hacienda, con carácter previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que se reciba la presente notificación. El recurso contencioso administrativo podrá interponerse ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente del recurso de reposición, si es expreso, o si no lo fuere, en el plazo de un año, a contar desde la fecha de interposición del mismo.
Córdoba, 3 de diciembre de 1993.- El Delegado, Antonio Raya Rodríguez.
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